MASFERRER CON JARA
Rol
Fecha
13 de julio de 2023
Materia
COMISIONES
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que, el recurso de apelación, ante el Juez de Letras del Trabajo, sólo procede en contra de las sentencias interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, las que se pronuncien sobre medidas cautelares y las que fijen el monto de las liquidaciones o reliquidaciones de beneficios de seguridad social, naturaleza jurídica que, en la especie, no comparte la resolución que se impugna por esta vía, el presente recurso no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y, además, lo dispuesto en los artículos 476 y 500 del Código del Trabajo, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución de quince de junio del año en curso, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Devuélvase vía interconexión. N° Laboral – cobranza-2197-2023. Pronunciada por la Sala Tramitadora de la Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Maritza Villadangos Frankovich e integrada por el Ministro (S) señor Carlos Escobar Salazar y por la Abogada Integrante señora Magaly Correa Farías.
Fallo
Por estas consideraciones y, además, lo dispuesto en los artículos 476 y 500 del Código del Trabajo, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución de quince de junio del año en curso, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Devuélvase vía interconexión. N° Laboral – cobranza-2197-2023. Pronunciada por la Sala Tramitadora de la Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Maritza Villadangos Frankovich e integrada por el Ministro (S) señor Carlos Escobar Salazar y por la Abogada Integrante señora Magaly Correa Farías.
Texto Completo (Preview)
cmos C.A. de Santiago Santiago, trece de julio de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Que, el recurso de apelación, ante el Juez de Letras del Trabajo, sólo procede en contra de las sentencias interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, las que se pronuncien sobre medidas cautelares y las que fijen el monto de las liquidaciones o reliquidaciones de
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