MP. C/ ÁNGEL GABRIEL BAEZA OLIVARES.
Rol
Fecha
13 de julio de 2023
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: Que, de acuerdo al mérito de lo expuesto en la audiencia, aparece que se encuentran justificados los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal respecto de los delitos por los que fue formalizado el imputado, y se estima que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la víctima, en relación con lo dispuesto en la letra c) de la norma antes mencionada, atendida la naturaleza y gravedad de los delitos, circunstancias de comisión, penas que tienen asignadas tales ilícitos, el hecho de registrar causa vigente por delito de la misma especie y en especial la conducta reiterada que se ha atribuido al imputado en cuanto a ejercer violencia con respecto a la misma ofendida, lo que torna insuficientes las restantes medidas cautelares previstas por el legislador procesal penal a los efectos normados en el inciso segundo del artículo 139 del referido cuerpo legal. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del Código antes citado, se revoca la resolución apelada de cinco de julio del año en curso, dictada por el Juzgado de Garantía de Puente Alto, en cuanto por ella no dio lugar a decretar la prisión preventiva del imputado Ángel Gabriel Baeza Olivares, y
Fallo
se declara que éste último queda sometido a la medida cautelar antes señalada. Acordada con el voto en contra del fiscal judicial señor Jaime Salas, quien fue de la opinión de confirmar la resolución en alzada teniendo para ello en consideración el principio de proporcionalidad según merecimiento, de acuerdo al cual la sanción probable a imponer en el presente caso desborda el quantum de la pena. El juez de primer grado deberá disponer las medidas pertinentes para el cumplimiento de lo resuelto. Devuélvase. N° 2086-2023 Penal.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, trece de julio de dos mil veintitrés. Sala: Cuarta Sala Rol: 2086-2023 Penal Ruc: 2300722807-4 RIT: 5614-2023 Tribunal: Juzgado de Garantía de Puente Alto Integrantes: Ministra M. Soledad Espina Otero, Alejandra Pizarro Soto y el fiscal judicial Jaime Salas Astraín. Relatora: Camila Galle Aravena Digitadora: María José Cuevas Defensa: Francisca Paz Castro Céspedes Fiscal: Magdalena B
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica