ANONIMIZADO
Rol
Fecha
13 de julio de 2023
Materia
ALIMENTOS, CESACION
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo en consideración que el título que habilita a los demandados a recibir alimentos es una cuestión de fondo que debe debatirse y acreditarse en la oportunidad procesal correspondiente, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley N°19.968, se revoca la resolución apelada dictada el treinta de marzo de dos mil veintidós, por el 4° Juzgado de Familia de Santiago, y se declara que el tribunal a quo deberá dar tramitación a la demanda, dictando las resoluciones que en derecho corresponda, por Juez no inhabilitado. Devuélvase. N° 1325-2022 Familia
Fallo
se declara que el tribunal a quo deberá dar tramitación a la demanda, dictando las resoluciones que en derecho corresponda, por Juez no inhabilitado. Devuélvase. N° 1325-2022 Familia
Texto Completo (Preview)
Santiago, trece de julio de dos mil veintitrés. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo en consideración que el título que habilita a los demandados a recibir alimentos es una cuestión de fondo que debe debatirse y acreditarse en la oportunidad procesal correspondiente, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley N°19.968, se revoca la resolución apelada dictada
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