COLIBORO/PEÑAILILLO
Rol
C-205-2022
Fecha
3 de junio de 2022
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: PRIMERO: Que, con fecha 24 de mayo de 2022, comparece el abogado HECTOR MEZA TORO, en representación de la ejecutada LUISA DEL CARMEN PEÑAILILLO OLIVEIRA, deduciendo excepción de pago, en virtud de los antecedentes de hecho y de derecho que expone y que se dan por reproducidos. SEGUNDO: Que, habiéndose conferido traslado, éste fue evacuado por la contraria dentro de plazo legal, solicitando el rechazo de la excepción de pago por no indicarse monto ni fecha de pago, ni haberse acompañado documentos que den cuenta de aquello, agregando que hasta la fecha no se ha efectuado algún pago u ofrecimiento por la parte demandada. TERCERO: Que, el artículo 470 inciso primero del Código del Trabajo, permite oponer sólo las excepciones de pago de la deuda, remisión, novación y transacción, en tanto se apoyen en antecedentes escritos de debida consistencia, que deben acompañarse. CUARTO: Que, existiendo norma expresa, y no habiéndose acompañado ningún antecedente escrito de debida consistencia, la excepción opuesta se habrá de declarar inadmisible, rechazándose en consecuencia. QUINTO: A la vez, en su escrito de 24 de mayo de 2022, la ejecutada objeta la liquidación practicada en autos, mas no indica, como lo exige el artículo 469 del Código del Trabajo, cuáles serían los errores de cálculo numérico, ni las alteraciones en las bases de cálculo, o elementos o incorrecta aplicación de los índices de reajustabilidad o de intereses emanados de los órganos competentes, limitándose sólo a manifestar su objeción a la referida liquidación. Y, visto las normas citadas, y lo dispuesto en el artículo 466 del Código de Procedimiento Civil, se declara: I.- Que, se rechaza, con costas, la excepción de pago opuesta por la ejecutada, por inadmisible. II.- Que se rechaza, con costas, la objeción de la liquidación. Notifíquese a las partes por correo electrónico, si estuviesen registrados. RIT: C-205-2022 RUC: 22-4-0379324-1 Resuelve RAÚL ORELLANA PLACENCIA, Juez del Juzgado de Cobra
Fallo
se declara: I.- Que, se rechaza, con costas, la excepción de pago opuesta por la ejecutada, por inadmisible. II.- Que se rechaza, con costas, la objeción de la liquidación. Notifíquese a las partes por correo electrónico, si estuviesen registrados. RIT: C-205-2022 RUC: 22-4-0379324-1 Resuelve RAÚL ORELLANA PLACENCIA, Juez del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Concepción, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En Concepción, a tres de junio de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución precedente. Código: EGXVZSVFTM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: EGXVZSVFTM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-06-03T11:33:13-0400
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EOR Concepción, tres de junio de dos mil veintidós. VISTO: PRIMERO: Que, con fecha 24 de mayo de 2022, comparece el abogado HECTOR MEZA TORO, en representación de la ejecutada LUISA DEL CARMEN PEÑAILILLO OLIVEIRA, deduciendo excepción de pago, en virtud de los antecedentes de hecho y de derecho que expone y que se dan por reproducidos. SEGUNDO: Que, habiéndose conferido traslado, éste fue evacua
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