1° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

SCOTIABANK CHILE S. A./INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJOSANTIAGO ORIENTE

Rol

Fecha

13 de julio de 2023

Materia

RECLAMO MULTAS ADMINISTRATIVAS

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: En los autos Rit I-95-2022, del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, la parte reclamante dedujo recurso de nulidad en contra de la sentencia de fecha treinta de julio de dos mil veintidós, que rechazó en todas sus partes la reclamación deducida declarando que la resolución de multa N°1843/22/6 dictada por el fiscalizador Sr. Sebastián Tapia Román, de fecha 16 de marzo de 2022, se encuentra plenamente ajustada a derecho y, condenó en costas a la reclamante y recurrente. Contra ese fallo recurrió Scotiabank Chile S.A., fundado en una causal única en base al artículo 478 letra b) del Código del Trabajo en relación con el artículo 456 del mismo Código, por infracción a las reglas de la lógica, en especial al principio de la razón suficiente y de identidad; la cual se habría producido en el

Fundamentos

considerando 6° del

Fallo

fallo recurrió Scotiabank Chile S.A., fundado en una causal única en base al artículo 478 letra b) del Código del Trabajo en relación con el artículo 456 del mismo Código, por infracción a las reglas de la lógica, en especial al principio de la razón suficiente y de identidad; la cual se habría producido en el considerando 6° del fallo cuando se desestima su prueba testimonial y cuando el juez concluye que los contratos de trabajo incorporados por su parte como prueba no cumplen con el artículo 11 del Código del Trabajo. Solicita que se anule la sentencia y en su reemplazo dicte otra sentencia definitiva por la cual se acoja completamente el reclamo de multa interpuesta por su parte. En subsidio, para el evento de que se desestime el presente recurso de nulidad por alguna razón procesal o de forma, solicita que en estricta sujeción a lo establecido en el inciso final del artículo 479 del Código del Trabajo, esta Corte haga uso de sus facultades de oficio para restablecer el imperio del Derecho. Declarado admisible el recurso, se procedió al conocimiento del recurso quedando la causa en acuerdo. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la parte reclamante interpuso como causal única de nulidad aquella establecida en el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo en relación con el artículo 456 del mismo Código, por infracción a las reglas de la lógica, en especial a los principios de la razón suficiente y de identidad; para ello luego de hacer referencias doctrinarias y jurisprudencial

Texto Completo (Preview)

5 Santiago, trece de julio de dos mil veintitrés. VISTOS: En los autos Rit I-95-2022, del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, la parte reclamante dedujo recurso de nulidad en contra de la sentencia de fecha treinta de julio de dos mil veintidós, que rechazó en todas sus partes la reclamación deducida declarando que la resolución de multa N°1843/22/6 dictada por el fiscalizador Sr. S

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