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Rol
Fecha
17 de julio de 2023
Materia
PESOS, COBRO DE
Resultado
OMITE PRONUNCIAMIENTO
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 698 Nº 7 del Código de Procedimiento Civil en el sentid que deducida la apelación contra resoluciones que no se refieran a la competencia o la inhabilidad del Tribunal, ni recaigan en incidentes sobre algún vicio que anule el proceso, el juez tendrá por interpuesto el recurso para después de la sentencia que ponga término al juicio, por tanto, no existiendo asunto que deba conocer esta Corte, se omite pronunciamiento por falta de oportunidad, sobre el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada y el demandante con fecha doce de mayo del presente año, en contra de la resolución de nueve de mayo del mismo año. Regístrese y devuélvase. N°Civil-10088-2023.
Fallo
por tanto, no existiendo asunto que deba conocer esta Corte, se omite pronunciamiento por falta de oportunidad, sobre el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada y el demandante con fecha doce de mayo del presente año, en contra de la resolución de nueve de mayo del mismo año. Regístrese y devuélvase. N°Civil-10088-2023.
Texto Completo (Preview)
kom C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de julio de dos mil veintitrés. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 698 Nº 7 del Código de Procedimiento Civil en el sentid que deducida la apelación contra resoluciones que no se refieran a la competencia o la inhabilidad del Tribunal, ni recaigan en incidentes sobre algún vicio que anule el proceso, el juez tendrá
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