SIN INFORMACION

VALENZUELA/COMISION LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

13 de julio de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Con fecha 10 de julio del año 2023, compareció la abogada Patricia Alejandra Pérez Cid, Defensora Penal Pública Penitenciaria, deduciendo recurso de amparo en favor de Javier Andrés Valenzuela Martínez, actualmente privado de libertad en el Complejo Penitenciario de Rancagua, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Rancagua, en cuanto aquella se negó a conceder el beneficio solicitado por el amparado. Señala que el amparado, quien cumple una condena de 5 años y 1 día por el delito de robo en lugar habitado o destinado a la habitación, más 61 días por el delito de receptación, reúne a su respecto todos los requisitos establecidos en el DL 321,

Fundamentos

considerando las modificaciones introducidas por las leyes N°20.931 y N°21.124, esto es, con el tiempo mínimo de cumplimiento efectivo de su condena, y con los cuatro bimestres de calificación conductual “muy buena” anteriores a su postulación, pero que no obstante ello la comisión de libertad condicional rechazó su solicitud de manera ilegal y arbitraria, al carecer de fundamentos la resolución pronunciada por la recurrida, mediante la cual denegó al amparado la libertad condicional, sin realizar un mayor análisis de la situación familiar, personal y laboral del condenado, limitándose a analizar sólo el informe del Tribunal de Conducta de Gendarmería. Expone, que la decisión tomada por la recurrida, vulnera la garantía constitucional de libertad personal, consagrada en el artículo 19 Nº 7 letra b) de la Carta Fundamental, así como las normas contenidas en los artículos 11, 40 y 41 de la Ley 19.880, pues no satisface estándares razonables de fundamentación; sustentándose únicamente en las conclusiones del informe emitido para tales efectos y que constituye una opinión subjetiva no vinculante. Luego de hacer referencia a abundante jurisprudencia de esta misma Corte relativa al tema, finaliza solicitando que se acoja su recurso, restableciendo el imperio del derecho, revocando la resolución recurrida y concediendo la libertad condicional al amparado. El 12 de julio del presente año, a folio 3, informa la Comisión de Libertad Condicional, a través de su Presidente, el Ministro señor Michel González Carvajal, señalando que la Comisión recurrida procedió a revisar en profundidad los antecedentes del condenado y el informe psicosocial elaborado por el equipo técnico de Gendarmería, rechazando tal solicitud, por considerar que no satisface el requisito previsto en el numeral 3° del artículo 2° del Decreto Ley 321, por cuanto se delatan factores de riesgo de reincidencia y de escasa conciencia de la gravedad del delito, que afectan al postulante y que impiden reconocer su posibilidad de reinsertarse adecuadamente en la sociedad, que es el propósito que busca la libertad condicional. Agregó, que en particular se consideró que el informe psicosocial destacaba que el postulante mantenía un escaso nivel de análisis en relación a su responsabilidad en los hechos, justificando y externalizando sus acciones, añadiendo que el beneficio de libertad condicional revocado -refiriéndose a uno anteriormente concedido al amparado- se mantuvo por cuatro meses, y que durante aquel tiempo en libertad éste se vinculó nuevamente a pares de riesgo, indicando que, a mayor abundamiento, el postulante no goza de beneficios intrapenitenciarios que le hayan permitido un acercamiento progresivo y gradual a la libertad. Finaliza indicando que se considera que al ejercer la facultad de conceder o rechazar la solicitud de libertad condicional, prevista en el artículo 5° del D.L.321, la Comisión de Libertad Condicional ha ejercido tal prerrogativa en forma fundada, lo que descarta

Fallo

Fallo del Recurso de Amparo, se resuelve que se rechaza el recurso de amparo deducido en favor del condenado Javier Andrés Valenzuela Martínez. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol Ingreso Corte 280-2023-Amparo. “Se deja constancia que esta sentencia reúne los presupuestos para ser anonimizada de acuerdo a lo dispuesto en el Acta 44-2020 de la Excma. Corte Suprema.”

Texto Completo (Preview)

Rancagua, trece de julio de dos mil veintitrés. Vistos: Con fecha 10 de julio del año 2023, compareció la abogada Patricia Alejandra Pérez Cid, Defensora Penal Pública Penitenciaria, deduciendo recurso de amparo en favor de Javier Andrés Valenzuela Martínez, actualmente privado de libertad en el Complejo Penitenciario de Rancagua, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Rancagua, en c

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