SIN INFORMACION

GORDILLO MUNOZ MARCELO ENRIQUE/MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Rol

Fecha

12 de julio de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Zeyra Mairena Sáenz, defensora penal particular, recurre de amparo en favor del condenado Marcelo Enrique Gordillo Muñoz, que actualmente se encuentra cumpliendo el beneficio de Libertad Condicional sujeto a la supervigilancia del C.A.I.S. SANTIAGO, en contra del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, por no haber dictado el Decreto Exento que rechaza o aprueba la reducción de condena del amparado, permitido por la Ley 19.856, solicitando que se acoja acción ordenando dictar el precitado decreto acogiendo la reducción de condena en favor del amparado. Expuso que el amparado fue condenado por el 2° Juzgado de Garantía de Santiago, en causa RUC 1410032399-1, como autor del delito de estafa, a la pena de 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo. Refiere que el amparado mantuvo una conducta sobresaliente y por aplicación de la Ley N° 19.856 alcanzó y obtuvo durante tres periodos consecutivos, cinco meses de reducción en su condena, tras haberse calificado su conducta como sobresaliente por la Comisión de Reducción de Condena, por lo que su nueva fecha de cumplimiento quedó fijada para el 3 de enero de 2023. Que, no obstante, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos no ha dictado el Decreto Exento que rechaza o aprueba la aplicación de la rebaja señalada, lo que ha impedido obtener el término anticipado de su condena. Segundo: Que informó Jaime Gajardo Falcón, subsecretario de Justicia, quien expuso que los antecedentes de la postulación del recurrente de amparo fueron recibidos en la Unidad de Reducción de Condenas, dependiente de la División de Reinserción Social, de la Subsecretaría de Justicia, el día 02 de junio de 2023, procediéndose al estudio de los mismos. Refiere que con fecha 16 de junio de 2023 se dictó Decreto Exento N°1475, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos rechazando el beneficio de reducción de condena, por concurrir la causal de exclusión del artículo 17 letra b) de l

Fundamentos

considerando el tratamiento terapéutico que existía y la reciente data de las faltas informadas, dispusieron por resolución de fecha 30 de mayo pasado, ordenar a Gendarmería de Chile realizar las búsquedas de rescate y contacto a fin de procurar el retorno del sentenciado Gordillo Muñoz a la supervisión de su libertad condicional. Es así, que a través del Oficio ORD. 1293/2023 el C.A.I.S. Santiago se comunicó el éxito de la diligencia, logrando el retorno a los controles del sentenciado Gordillo Muñoz quien se presentó junto a la Trabajadora Social de la Comunidad Terapéutica “Camino y Vida”, informando además su reingreso al tratamiento terapéutico de rehabilitación. Paralelamente Gendarmería de Chile, remitió solicitud de libertad completa en Oficio ORD. N°1275/2023. Finalmente, y con los antecedentes señalados, informan que en sesión del 27 de junio del presente año se emtió pronunciamiento de las solicitudes de revocación y libertad completa formuladas respecto del liberto Gordillo Muñoz, rechazándose ambas peticiones, la primera de ellas por haberse logrado el retorno del sentenciado a sus controles de supervisión y la segunda por mantener aún un riesgo alto de reincidencia delictual y pendiente el cumplimiento de los objetivos fijados en su plan de intervención individual, por lo cual su beneficio de libertad condicional permanece vigente a la fecha. Cuarto: Que, el recurso de amparo, de conformidad a lo establecido en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, es una acción constitucional que tiene por objeto resguardar la libertad personal o seguridad individual de las personas, frente acciones u omisiones ilegales que priven, restrinjan o perturben las garantías constitucionales mencionadas. Quinto: Que en el presente caso, el acto que se estima como arbitrario o ilegal, consiste en la omisión que se imputa a la recurrida al no haber resuelto acerca del rechazo o aprobación de la solicitud de reducción de condena del amparado. Que, sin embargo, del mérito de los antecedentes acompañados a la presente acción constitucional, se aprecia que se dictó la Resolución Exenta N°1475 con fecha 16 de junio de 2023, rechazando beneficio de reducción de condena, por lo que la acción cautelar interpuesta no puede prosperar, pues no se vislumbra medida que adoptar para restablecer el imperio del derecho, habiendo la acción perdido oportunidad, tal como señaló por lo demás la recurrente en estrados. Sexto: Que, debido a lo expuesto, no existiendo actualmente medida alguna que pueda adoptar esta Corte, corresponde rechazar el presente recurso, sin ser necesario cualquier mayor análisis en relación con las alegaciones vertidas. Por estos fundamentos y lo dispuesto, además, en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado en la materia, de la Excma. Corte Suprema, SE RECHAZA el recurso de protección deducido por la defensora penal particular Zeyra Mairena Saenz, en favor del condenado Marcelo Enrique Gord

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, doce de julio de dos mil veintitrés. A los escritos folios 16 y 17: a todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Zeyra Mairena Sáenz, defensora penal particular, recurre de amparo en favor del condenado Marcelo Enrique Gordillo Muñoz, que actualmente se encuentra cumpliendo el beneficio de Libertad Condicional sujeto a la supervigilancia

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