BARROS/
Rol
Fecha
12 de julio de 2023
Materia
BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°) Que, el recurso de apelación materia del presente ingreso fue interpuesto el veintinueve de mayo último, en contra de la sentencia definitiva de primera instancia de veintiocho de abril del mismo año, notificada expresamente al recurrente el quince de mayo del año en curso. 2°) Que, el término para recurrir de apelación en contra de las sentencias definitivas, conforme la regla especial establecida en el inciso segundo del artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, es de diez días, contados desde la notificación de la resolución recurrida a la parte que interpone el recurso. Luego, en dichos términos, el plazo legal se encontraba vencido en estos autos a la fecha de interposición del presente recurso. 3°) Que, las alegaciones efectuadas por el recurrente en lo principal de su presentación de veintinueve de mayo del presente año en nada alteran lo razonado, pues el actor no dedujo entorpecimiento alguno ante el tribunal de primera instancia para efectos de deducir su recurso de apelación fuera del término dispuesto por ley, sino que solo hizo presente dicha circunstancia. Y conforme lo estatuido en los artículos 188, 189, 201 y 205 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto por el solicitante con fecha veintinueve de mayo del año en curso (folio N° 13), contra la sentencia definitiva de veintiocho de abril del mismo año (folio N° 10). Regístrese y devuélvase. N°Civil-9162-2023.mst Pronunciada por la Sala Tramitadora de esta Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Maritza Villadangos Frankovich, e integrada por el Ministro (s) señor Carlos Escobar Salazar y la Abogada Integrante señora Magaly Correa Farías.
Fallo
se declara inadmisible por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto por el solicitante con fecha veintinueve de mayo del año en curso (folio N° 13), contra la sentencia definitiva de veintiocho de abril del mismo año (folio N° 10). Regístrese y devuélvase. N°Civil-9162-2023.mst Pronunciada por la Sala Tramitadora de esta Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Maritza Villadangos Frankovich, e integrada por el Ministro (s) señor Carlos Escobar Salazar y la Abogada Integrante señora Magaly Correa Farías.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, doce de julio de dos mil veintitrés. A los folios N°s 6 y 9: por recibidos los antecedentes del tribunal de primera instancia y téngase por cumplido lo ordenado. Vistos y teniendo presente: 1°) Que, el recurso de apelación materia del presente ingreso fue interpuesto el veintinueve de mayo último, en contra de la sentencia definitiva de primera instancia de veintiocho de
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