MINISTERIO PUBLICO C/ EFRAIN PENALOZA LAYME
Rol
Fecha
12 de julio de 2023
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo en consideración que en esta oportunidad sólo se ha discutido la procedencia del requisito previsto en la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, más no aquellos previstos en las letras a) y b) de dicha disposición, y teniendo en consideración que los antecedentes ahora invocados por el defensor no permiten estimar que ha desaparecido el peligro para la seguridad de la sociedad, que en su oportunidad permitió decretar la medida de prisión preventiva en contra del imputado Efraín Peñaloza Layme y atendido el estado procesal de la causa, en que ya se encuentra deducida la acusación por el Ministerio Público y teniendo particularmente en consideración, que las alegaciones efectuadas en esta audiencia obedecen a una decisión del tribunal de fondo que en el momento que conozca debidamente de todos los antecedentes, deberá pronunciarse en definitiva, respecto de la existencia del delito, respecto de los antecedentes del delito, las circunstancias modificatorias de responsabilidad que pudieran ocurrir en el momento correspondiente, atendido particularmente, la pena asignada al delito –esto es una de crimen- y en relación a la cantidad de droga incautada al imputado, esta Corte es del parecer que concurre el requisito establecido en la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal y en consecuencia, siendo la libertad del imputado un peligro para la seguridad de la sociedad, SE CONFIRMA la resolución apelada de cuatro de julio del año en curso. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 479-2023 Penal. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la vista de la causa. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia.
Texto Completo (Preview)
Corte de Apelaciones de Arica. En Arica, a doce de julio de dos mil veintitrés. Sala: Segunda Sala Rol: 479-2023 Penal Ruc: 2300240744-2 RIT: 1443 -2023 Tribunal: Juzgado de Garantía de Arica Integrantes: Ministros señor Marco Flores Leyton, señora Juana Ríos Meza y Abogado Integrante, señor Ricardo Oñate Vera. Relator (a): Patricia Díaz Donoso Digitador (a): Mariela Canchaya Carrasco
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