SIN INFORMACION

SAAVEDRA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

12 de julio de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA CON COSTAS

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, el 8 de julio de 2023, compareció Francisca Saavedra López, chilena, habilitada en derecho, cédula nacional de identidad N° 19.331.188-1, en nombre y favor de FLEURISMA TELISCAR, de nacionalidad haitiana, cédula de identidad para extranjeros N° 25.350.133-2, ambos domiciliados para estos efectos en calle Arturo Prat N° 218, of 304, comuna de Curicó, Región del Maule y dedujo recurso de amparo en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile, representado por don LUIS THAYER CORREA, cédula de identidad N°12.627.882-9, sociólogo, con domicilio en San Antonio 580, piso 3, comuna Santiago. Funda su recurso en que a la fecha, no le ha sido remitida la Resolución Exenta correspondiente a su correo electrónico: fleurisma.62.teliscar@gmail.com , que le otorga la Residencia Definitiva, lo que le permitirá, entre otras cosas, poder demostrar su situación regular en el país frente a terceros, pues ni siquiera cuenta con el certificado de residencia en trámite. Agrega que al no tenerse dicho certificado, no es posible aplicar el último inciso del artículo 43 de la Ley N°21.325, sobre Migraciones, no pudiendo entenderse vigente su cédula de identidad vencida. De tal manera la inactividad de la administración es arbitraria, discriminatoria y totalmente desproporcionada, habiéndose otorgado el certificado a otras personas en menor tiempo (menos de 2 meses), por lo que se afecta la libertad personal del amparado. Solicita en definitiva acogerlo con costas, ordenando al Servicio Nacional de Migraciones revisar la solicitud del amparado, dictando la resolución exenta que le otorga la residencia definitiva. Acompañó copia de la cédula de identidad del amparado y copia de su pasaporte. SEGUNDO: que a folio 4, el 11 del corriente mes, compareció JUAN DE DIOS CARDEMIL PALACIOS, abogado, Director Regional (S) Maule, del Servicio Nacional de Migraciones, e informó que el 30 de marzo de 2016, el Departamento de Extranjería y Migración (DEM), otorgó al recurrente por primera vez una visa de residencia temporal motivos laborales, la que mantuvo su vigencia hasta el 18 de julio de 2017. Posteriormente, el 26 de abril de 2017, el recurrente solicitó ante el Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública el beneficio de la permanencia definitiva, beneficio que le fue otorgado por medio de Res. Ex. 249803 de 02 de septiembre de 2017, tal como también lo comprueba la cédula de identidad chilena presentada por el recurrente en autos y en razón de la cual pudo obtener cédula de identidad ante Registro Civil de Chile, por lo que esta parte estima además que el recurso perdió oportunidad, al referirse a una solicitud que ya fue resuelta por esta autoridad migratoria. Añade que no ha dictado alguna orden de abandono, de expulsión o alguna otra sanción de carácter migratorio que amenace o vulnere la libertad personal o la seguridad

Fallo

Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre la materia, SE RECHAZA, con costas, el recurso de amparo interpuesto por Francisca Saavedra López, en favor de FLEURISMA TELISCAR y en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES. Comuníquese por la vía más expedita. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol Amparo N°293-2023.-

Texto Completo (Preview)

Talca, doce de julio de dos mil veintitrés. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, el 8 de julio de 2023, compareció Francisca Saavedra López, chilena, habilitada en derecho, cédula nacional de identidad N° 19.331.188-1, en nombre y favor de FLEURISMA TELISCAR, de nacionalidad haitiana, cédula de identidad para extranjeros N° 25.350.133-2, ambos domiciliados para estos efectos en calle Art

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