SIN INFORMACION

PRADO PRADO MARCO ANTONIO/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

12 de julio de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que comparece Karen Godoy Schmied, abogado, Defensora Penal Público Penitenciaria, por el condenado Marco Antonio Prado Prado, quien se encuentra privado de libertad en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, e interpone recurso de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, solicitando se decrete conceder de manera inmediata la Libertad Condicional al amparado. Expone que se encuentra cumpliendo condenas de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo por su responsabilidad en calidad de autor del delito de Porte de arma de fuego prohibida; 41 días de prisión en su grado máximo, por su responsabilidad en calidad de autor del delito de Amenazas en contexto de violencia intrafamiliar; y 41 días de prisión en su grado máximo, por su responsabilidad en calidad de autor del delito de Amenazas no condicionales. Agrega que registra como fecha de inicio de condena el 29 de agosto de 2020, fecha de término el 20 de noviembre de 2023, cumpliendo el tiempo mínimo para postular el 13 de abril de 2022. Indica que cumple con creces todos los requisitos del D.L. N°321 vigente a la fecha

Fundamentos

considerando las modificaciones introducidas por la Ley N°20.931 y N°21.124, esto es, con los dos tercios de cumplimiento efectivo de su condena, con los cuatro bimestres de calificación conductual “Muy Buena” anteriores a su postulación e informe de postulación psicosocial elaborado por equipo profesional del área técnica de Gendarmería de Chile. A continuación se refiere a los requisitos establecidos en el artículo 2 del D.L. 321 e indica que los argumentos dados por la Comisión para rechazar la postulación del amparado al beneficio no se condicen con el espíritu de la libertad condicional. La libertad condicional busca beneficiar a aquellas personas que duramente el cumplimiento de su condena han generado herramientas que permitan concluir que puede reintegrarse a la vida en sociedad. En el presente caso, se aprecia que la Comisión ha referido aspectos negativos. Sin embargo no basta con ello, sino que se debe fundar adecuadamente el por qué esos aspectos llevan a inclinarse por el cumplimiento del saldo de la pena privado de libertad y no bajo un plan de intervención bajo libertad condicional, pues justamente la libertad condicional, no obsta que existan áreas a intervenir, estando incorporado en el beneficio el elemento de supervisión y tratamiento a fin de trabajar los aspectos negativos pero en un ambiente de libertad, siendo en definitiva dicha libertad el escenario más propicio para la resocialización del sujeto. En razón de lo expuesto solicita se acoja el recurso, ordenando dejar sin efecto la resolución que rechaza la libertad condicional al amparado, decretando que se le conceda dicha libertad. Segundo: Que, por la Comisión de Libertad Condicional, evacuó informe su presidenta, ministra señora Ana María Osorio Astorga, quien señaló que el amparado fue postulado por el Centro de Detención Preventiva de Santiago Sur y que mediante resolución de fecha 24 abril de 2023, por unanimidad de sus miembros, se rechazó la concesión del beneficio correspondiente al primer semestre de 2023. Destacó que, si bien el amparado cumple con las exigencias de tener muy buena conducta y tiempo mínimo de condena, la resolución de la comisión razonó en el sentido del informe psicosocial, que indica la existencia de factores de riesgo que desaconsejan otorgar por ahora el beneficio. La resolución de rechazo refirió: “En efecto, entre los documentos analizados por esta Comisión es posible advertir que el postulante es un interno con alto compromiso delictual, que presenta un riesgo de reincidencia alto. Registra además varias faltas y sanciones al régimen interno. Mantiene vinculación con pares con características delictuales en contexto intrapenal como extrapenal. Su conciencia del daño es incipiente. Presenta características personales con potencial criminógeno. No goza de beneficios intrapenitenciarios. Los aspectos antes mencionados demuestran, por ahora, escasas posibilidades del postulante para reinsertarse adecuadamente en la sociedad e impiden ten

Fallo

Por estas consideraciones, atendido, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Marco Antonio Prado Prado, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Acordado con el voto en contra del Ministro señor Jorge Zepeda Arancibia, quien fue de parecer de acoger el recurso de amparo y otorgar la libertad condicional al amparado, atendido que cumple con los requisitos de haber cumplido el tiempo mínimo de las condenas y haber observado conducta intachable durante el tiempo de cumplimiento, por ello a juicio de quien disiente, el informe de postulación psicosocial desfavorable es contradictorio con la calificación “ muy buena” de Gendarmería de Chile, sin que el informe de cuenta de la conducta intachable observada por el amparado. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-1691-2023. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por los Ministros señor Jorge Luis Zepeda Arancibia, señor Tomás Gray Gariazzo y el Abogado Integrante señor Euclides Ortega Duclercq. En Santiago, doce de julio de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, doce de julio de dos mil veintitrés. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que comparece Karen Godoy Schmied, abogado, Defensora Penal Público Penitenciaria, por el condenado Marco Antonio Prado Prado, quien se encuentra privado de libertad en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, e interpone recurso de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica