C.A. de Concepción

ELIZABETH PETRONILA CABRERA CORTÉS /INMOBILIARIA ALTOS DEL VALLE BLANCO S.A

Rol

4975-2022

Fecha

21 de julio de 2022

Materia

Civil

Resultado

REVOCADA SENTENCIA APELADA

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Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de los

Fundamentos

motivos tercero a quinto, que se eliminan. Y se tiene en su lugar presente: Primero: Que se interpone acción constitucional de protección a favor de doña Elizabeth Petronila Cabrera Cortés en contra de Inmobiliaria Alto del Valle Blanco S.A., en razón del acto que estima ilegal y arbitrario consistente en la intervención, mediante maquinaria pesada, de un terreno de su propiedad, vulnerando sus garantías constitucionales consagradas en los numerales 2, 21, 23 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, solicitando que se disponga el restablecimiento del imperio del derecho, ordenándose a la recurrida abstenerse de ocupar e intervenir el porcentaje del terreno que le corresponde. Segundo: Que la recurrida controvierte la titularidad del derecho de propiedad de la actora respecto del terreno donde se estaban llevando a cabo obras, teniendo presente que la recurrente es propietaria de una cuota de dominio equivalente al 1,48% del Lote A-3 que corresponde al inmueble ubicado en calle Ernesto Pinto Lagarrigue N° 1522-A camino a Santa Juana comuna de San Pedro de La Paz, por lo que al no haber partición ni adjudicaciones, no es legítimo sostener que un determinada porción de ese terreno es suya. Por lo demás, reclama que por escritura pública de fecha 26 de octubre del año 2021 otorgada ante el Notario Público de Concepción don Carlos Miranda Jiménez, la Inmobiliaria Altos del Valle Blanco S.A. adquirió el dominio del inmueble ubicado en calle Ernesto Pinto Lagarrigue N° 1620 camino a Santa Juana comuna de San Pedro de La Paz, e inscrito a fojas 8231 N° 3321 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de San Pedro de La Paz correspondiente al año 2013, y por escritura pública de fecha 26 de octubre del año 2021 otorgada ante el Notaria Público de Concepción adquirió el dominio del bien raíz ubicado en calle Ernesto Pinto Lagarrigue N° 1540 de la comuna de San Pedro de La Paz, y cuyo dominio fue inscrito a fojas 233 N° 36 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de San Pedro de la Paz correspondiente al año 2022, por lo que el terreno donde se encuentra realizando obras es, en realidad, suyo. Tercero: Que, a la luz de los antecedentes y de los hechos narrados por las partes, la recurrente carece de un derecho indubitado e indiscutido que le permita impetrar la protección de las garantías que alude. Lo anterior, toda vez que de la documentación acompañada y de las propias declaraciones contenidas en su libelo, aparece controvertido el derecho de propiedad sobre el inmueble donde se estaban llevando a cabo obras. Cuarto: Que en ausencia de un derecho indubitado que amparar ​, no resulta posible acoger la presente acción cautelar, toda vez que dicha circunstancia constituye uno de los presupuestos básicos para otorgar la cautela impetrada. Quinto: Que, sin perjuicio de lo resuelto, cabe señalar que mediante Ordinario N°1385 de fecha 18 de noviembre de 2021, suscrito por el Director (S) de Obras de

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PAGE 1 Santiago, veintiuno de julio de dos mil veintidós. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de los motivos tercero a quinto, que se eliminan. Y se tiene en su lugar presente: Primero: Que se interpone acción constitucional de protección a favor de doña Elizabeth Petronila Cabrera Cortés en contra de Inmobiliaria Alto del Valle Blanco S.A., en razón del acto que estima ileg

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