ANONIMIZADO
Rol
Fecha
11 de julio de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
DIRIMIDA
Hechos
VISTO: De acuerdo al mérito de los antecedentes y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley 14.908, de los juicios de alimentos, conocerá el juez de familia del domicilio del alimentante o del alimentario, a elección de este último y teniendo presente que la representante de las alimentarias, quien ha señalado que su nuevo domicilio ubicado en la comuna de Tomé y su interés porque esta materia sea conocida por el Juzgado que posee jurisdicción en dicha comuna, se declara que es competente para conocer de estos autos el Juzgado de Familia de Tomé al que deberán remitírsele estos antecedentes....
Fallo
se declara que es competente para conocer de estos autos el Juzgado de Familia de Tomé al que deberán remitírsele estos antecedentes....
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción CGA/mfv Concepción, once de julio de dos mil veintitrés. VISTO: De acuerdo al mérito de los antecedentes y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley 14.908, de los juicios de alimentos, conocerá el juez de familia del domicilio del alimentante o del alimentario, a elección de este último y teniendo presente que la representante de las alimentarias, quien ha señal
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