SIN INFORMACION

GONZÁLEZ/COMISION LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

11 de julio de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA/COMUNICAR.

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el 7 de julio del año en curso, compareció la abogada Paulina Robles Campos, Defensora Penal Pública Penitenciario, quien interpuso acción constitucional de amparo, en nombre y en favor de FELIPE ANDRÉS GONZÁLEZ ESCOBAR, cédula de identidad número 17.211.185-8, quien actualmente cumple condena en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Molina, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Iltma. Corte de Apelaciones de Talca, por su resolución denegatoria de la concesión de la libertad condicional pronunciada con fecha 4 de abril de 2023. Funda su acción señalando que el amparado se encuentra cumpliendo dos condenas de 3 años y 1 día, en calidad de autor de delitos de 2 delitos de tráfico ilícito de drogas en causas RUC 1800177413-8 del Juzgado de Garantía de San Fernando y RUC 2000828915-9 del Juzgado de Garantía de Curicó. Su conducta ha sido calificada de Muy Buena por seis bimestres; el inicio de su condena fue el día 23 de septiembre 2020 y su término es el día 15 de agosto 2024, manteniendo un abono de 772 días. El tiempo mínimo de postulación es el 16 de agosto de 2022. Afirma que, cumpliendo con todos los requisitos legales, su representado postuló al beneficio de libertad condicional, sin embargo, la Comisión resolvió rechazar la solicitud, manifestando “…que no cumple con todos los requisitos legales, en particular los referidos en el artículo 2° número 3 del D.L. 321, por cuanto del informe Técnico de Postulación Psicosocial elaborado por Gendarmería de Chile, consta que el postulante cuenta con plan de intervención individual en etapa de desarrollo, restándole por realizar los talleres de intervención especializada de dilemas morales, actitudes favorables al delito, asociación a pares infractores y control de la ira y hostilidad. En cuanto a la conciencia del delito, se muestra profundamente arrepentido de su conducta y logra reconocer el daño generado a su entorno y a las víctimas potenciales. No obstante, de la intervención especializada, participó en el taller de razonamiento crítico y resolución de problemas, con resultado parcial, principalmente por no lograr reconocer del todo las cogniciones erróneas y actitudes arraigadas del ámbito delictual. El solicitante mantiene necesidades altas en uso del tiempo libre y medias en vinculación a pares y actitud y orientación procriminal y características personales con potencial criminógeno en problemas de adherencia y deficiente resolución de conflictos. Existen factores de riesgo que se están abordando y otros que no han sido abordados, resultando de alta importancia el que sean trabajados, puesto que no dar término a las actividades que apuntan a modificar su comportamiento y cogniciones delictivas aumenta las probabilidades de que se repitan en el futuro. En este sentido, la Comisión estima que presentando, además, el solicitante, un mediano compromiso delictual, un riesgo medio de reincidencia, antecedentes penales pretéritos, careciendo d

Fallo

Por lo expuesto, no existe una afectación indebida al derecho a la libertad personal y la seguridad individual del amparado. Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto por la abogada Paulina Robles Campos, Defensora Penal Pública Penitenciaria, en favor de FELIPE ANDRÉS GONZÁLEZ ESCOBAR y, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Iltma. Corte de Apelaciones de Talca. Comuníquese por la vía más expedita. Regístrese y, en su oportunidad, archívese. N°Amparo-292-2023.

Texto Completo (Preview)

Talca, once de julio de dos mil veintitrés. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el 7 de julio del año en curso, compareció la abogada Paulina Robles Campos, Defensora Penal Pública Penitenciario, quien interpuso acción constitucional de amparo, en nombre y en favor de FELIPE ANDRÉS GONZÁLEZ ESCOBAR, cédula de identidad número 17.211.185-8, quien actualmente cumple condena en el Centro de Cumplimi

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