JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE LA SERENA

TAPIA VELIZ, KATERYN/MARAMBIO CASTRO, CRISTIAN

Rol

Fecha

10 de julio de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, estimando estos sentenciadores que los dineros consignados en la cuenta corriente del Tribunal corresponden a aquellos que se están pagando en razón de lo dispuesto en el artículo 162 inciso séptimo del Código del Trabajo, los cuales constituyen para todos los fines legales, remuneraciones de la trabajadora, y contando las instituciones previsionales con acción y procedimientos especiales para el cobro de las deudas que tengan los empleadores con ellas, y lo dispuesto en los artículos 470 y 474 del Código del Trabajo y 186 y 199 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA, la resolución apelada dictada con fecha veintitrés de mayo de dos mil veintitrés, íntegramente transcrita en la carpeta digital, y en su lugar se decide que se hace lugar a la solicitud de la ejecutante, y por tanto se ordena girar cheque a nombre de la trabajadora, con cargo a la respectiva boleta de depósito que consta en certificación de folio 192. Devuélvase vía interconexión. Rol N° 163-2023 Laboral.-

Fallo

se decide que se hace lugar a la solicitud de la ejecutante, y por tanto se ordena girar cheque a nombre de la trabajadora, con cargo a la respectiva boleta de depósito que consta en certificación de folio 192. Devuélvase vía interconexión. Rol N° 163-2023 Laboral.-

Texto Completo (Preview)

La Serena, diez de julio de dos mil veintitrés. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, estimando estos sentenciadores que los dineros consignados en la cuenta corriente del Tribunal corresponden a aquellos que se están pagando en razón de lo dispuesto en el artículo 162 inciso séptimo del Código del Trabajo, los cuales constituyen para todos los fines legales, remuneraciones de la trabaj

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