JUZGADO DE GARANTIA DE CORONEL

MP C/ PABLO ANDRES ESPINOZA TOLOZA

Rol

Fecha

10 de julio de 2023

Materia

DESACATO ART. 240 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: 1°.- Que la defensa del imputado Pablo Andrés Espinoza Toloza, se ha alzado en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Coronel, que impuso la medida cautelar de prisión preventiva a su respecto, quien se encuentra formalizado como autor del delito de desacato, en contexto de violencia intrafamiliar, discutiendo únicamente el presupuesto de la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal y solicitando se revoque la resolución en alzada, dejándose sin efecto la prisión preventiva decretada, ordenando su reemplazo por la medida del artículo 155, letra a) del mismo código, en carácter de parcial. 2°.- Que, ahora bien, del mérito de los antecedentes y de lo expuesto por los intervinientes en la audiencia, en concepto de esta Corte, y hasta ahora, aparecen elementos de juicio que, permiten concluir que la seguridad de la víctima –madre del imputado- se encuentra en un riesgo potencial, que actualmente solo puede cautelarse con la prisión preventiva que ha decretado el tribunal de primer grado. En efecto, de los antecedentes aportados fluye que con anterioridad, Pablo Espinoza Toloza ha sido imputado por delitos de amenazas en contexto de violencia intrafamiliar, en causa RIT 1674-2022, que dio origen a la causa RIT 2289-2022, del Juzgado de Garantía de Coronel, por el delito de desacato, por incumplimiento de medida cautelar impuesta en la primera de éstas, ambas en contra de la misma víctima. A su turno, se le impuso la cautelar de mayor gravedad de prisión preventiva. Además, conforme lo señaló el persecutor penal en esta audiencia, en la carpeta investigativa obra la pauta de riesgo en la que se señalan antecedentes objetivos del mismo, aun cuando no cuenta con la respectiva evaluación. Todos estos antecedentes, entonces, conducen razonablemente a la decisión que es cuestionada por la defensa, máxime cuando de acuerdo a lo expuesto en la audiencia, el imputado registra cinco nuevas investigaciones por

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 122, 139, 140, 149 y 370 letra b) del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada dictada en audiencia de uno de julio de dos mil veintitrés, por el Juzgado de Garantía de Coronel, que impuso la medida cautelar de prisión preventiva del imputado Pablo Andrés Espinoza Toloza. Comuníquese de inmediato al juzgado de origen y devuélvase por la vía que corresponda. N°Penal-896-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción SBCH/mfmm Concepción, diez de julio de dos mil veintitrés. VISTO Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: 1°.- Que la defensa del imputado Pablo Andrés Espinoza Toloza, se ha alzado en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Coronel, que impuso la medida cautelar de prisión preventiva a su respecto, quien se encuentra formalizado como autor del delito de desacato, en

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