RECURSO DE AMPARO EN FAVOR DE MOHAMED SELIM SEKIK/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
8 de julio de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece Ana Calderón Ossa, abogada, y deduce acción constitucional de amparo en favor de TEXIA VERONICA SMITH VILLAROEL y MAHMOUD ADEL MOHAMED SELIM SEKIK, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando que se deje sin efecto la Resolución Exenta No 23240972 del 22 de junio de 2023, de esa misma repartición, que dispone el rechazo al otorgamiento de la visa de residencia temporaria por vínculo con chileno, respecto de MAHMOUD ADEL MOHAMED SELIM SEKIK, y en definitiva, ordene otorgar el permiso solicitado. Señala que la amparada conoció vía Instagram durante un año exactamente el 2016, al amparado que ahora es su esposo. Indica que después de varios años de comunicación virtual, pasó unas vacaciones en Egipto en el 2018, ya que por
Fundamentos
motivos laborales el señor Mahmoud no podía viajar a Chile. Refiere que el amparado solicitó una visa la cual fue otorgada en el año 2019 para poder viajar a Chile, e ingresó el 09 de marzo de 2019. Agrega que comenzó a realizar los trámites para convalidar su título en Licenciatura en ciencias Farmacéuticas en la Universidad de Chile, después de unos meses recibió un correo donde se le informa que cumplía con los requisitos, pero le faltaba un timbre en el diploma de la Universidad, lo que debía hacer de manera personal en Egipto, por ende, regresó a ese lugar a realizar el trámite, pero cuando quiso retornar, por estar en plena pandemia no pudo viajar y se quedó en Egipto sin poder regresar, y que cuando levantaron la medida y abrieron los aeropuertos el amparado solicitó nuevamente la visa por reunificación familiar, notificándole el 29 de marzo de 2023 que debía presentar un pasaporte libanés toda vez que según el Servicio Nacional de Migraciones el requirente tenía esa nacionalidad. Agrega que el 23 de mayo de 2023 se subsanó el requerimiento y adjuntó una carta explicativa indicando y probando que hay un error, porque su nacionalidad es palestina e incluso acompañó su pasaporte como prueba de su nacionalidad y nuevamente, el 25 de mayo de 2023, el Servicio Nacional de Migraciones solicita el mismo documento donde indique su nacionalidad palestina. Añade que el 22 de junio de 2023 llegó la resolución de rechazo de la visa. Cita latamente doctrina y normativa legal señalando que lo ampara la reunificación familiar, consagrada en el artículo 19 de la Ley N° 21.325 señalando que existe vínculo de matrimonio entre los amparados, el que es válido toda vez que se celebró conforme a las leyes de la República de Egipto. Por lo dicho pide que se acoja el recurso, se deje sin efecto la resolución ya citada y se otorgue el permiso de visa de residencia temporaria por vínculo con chileno. Para fundar sus alegaciones, acompaña, 1. Resolución de rechazo 23240972 del 22 de junio de 2023; 2. Certificado de Matrimonio traducido, realizado en el Cairo con fecha 19 de diciembre de 2018; 3. Pasaporte, estampado visa y copia rut de MAHMOUD ADEL MOHAMED SELIM SEKIK; 4. Certificado de la embajada palestina sobre su nacionalidad; 5. Antecedentes Penales traducidos apostillados de MAHMOUD ADEL MOHAMED SELIM SEKIK; 6. Copia del correo de la universidad donde le solicita timbre del MINREL; 7. Rut de doña TEXIA VERONICA SMITH VILLAROEL; 8. Copia requerimientos del servicio Nacional de Migraciones. SEGUNDO: Que, compareció Roberto Ignacio Castillo Toro, por el Servicio Nacional de Migraciones solicitando el rechazo del recurso, para aquello sostiene que consta que don MAHMOUD ADEL MOHAMED SELIM SEKIK, solicitó ante esa repartición el beneficio migratorio de Residencia Temporal para Extranjeros fuera de Chile y que con fecha 28 de abril de 2022, solicitó la Residencia Temporal para Extranjeros fuera de Chile, agregando que el día 25 de mayo de 2023 se le notifica qu
Fallo
fallo se encuentre ejecutoriado, una resolución debidamente fundada con indicación precisa y detallada de los documentos que falten, otorgando al actor un plazo no inferior a treinta días corridos para que el recurrente pueda cumplir con ese requerimiento. OCTAVO: Que, por las razones antes expuestas y, teniendo presente que el acto denunciado, en lo que dice relación con la garantía materia del presente recurso, solo afecta a Mahmoud Adel Mohamed Selim Sekik, por lo que la acción constitucional impetrada respecto de Texia Verónica Smith Villaroel será desestimada. Por los motivos expuestos, y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso interpuesto en favor de Texia Verónica Smith Villaroel y se ACOGE, sin costas, el recurso de amparo interpuesto en favor de Mahmoud Adel Mohamed Selim Sekik, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, dejándose sin efecto la resolución N° 23240972 del 22 de junio de 2023, que rechazó la solicitud de visa temporaria y ordenó remitir los antecedentes al Servicio de Registro Civil e Identificación, a la Policía de Investigaciones y al Ministerio de Relaciones Exteriores, y en su lugar, se ordena que el mencionado Servicio deberá emitir, dentro del plazo de quince días corridos, desde que el fallo se encuentre ejecutoriado, una resolución debidamente fundada con indicación precisa y detallada de los documentos qu
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Selim Sekik, Mahmoud Adel Mohamed Servicio Nacional de Migraciones Recurso de Amparo Rol N°290-2023.- La Serena, ocho de julio de dos mil veintitrés. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece Ana Calderón Ossa, abogada, y deduce acción constitucional de amparo en favor de TEXIA VERONICA SMITH VILLAROEL y MAHMOUD ADEL MOHAMED SELIM SEKIK, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, so
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