SIN INFORMACION

GRUPO SOLIDARIO ERCILLA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE ERCILLA

Rol

Fecha

7 de julio de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: Comparece LUIS ALBERTO ORELLANA ROCHA, contador auditor, domiciliado en calle Rengo 443, comuna de Ercilla, en nombre y representación, como se acredita, del GRUPO SOLIDARIO ERCILLA, persona jurídica de derecho privado sin fines de lucro, con domicilio en Rengo 443 comuna de Ercilla; quien interpone recurso de protección de garantías constitucionales en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE ERCILLA, corporación autónoma de derecho público, domiciliada en calle Ongolmo N° 351 de la comuna de Ercilla, representada legalmente por su alcalde Valentín Vidal Hernández, ignoro profesión u oficio, cédula nacional de identidad N° 8.655.220-5; por infracción a la garantía constitucional de derecho de propiedad consagrada en el artículo 19 N° 24 de la Constitución Política de la República, en atención a los siguientes

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho que expone: 1. Señala ser Presidente de una agrupación sin fines de lucro denominada Grupo Solidario Ercilla. La asociación, como su nombre lo indica, reune a un grupo de personas con espíritu solidario. El grupo comienza sus actividades de ayuda a la comunidad en el año 2002, teniendo como objetivo el reunir dinero para la campaña Teletón 2002. Desde esa fecha y producto del gran impacto de bienestar que causó en la población de la comuna se comenzó a trabajar de forma estable, realizando distintas actividades las cuales resaltaron siempre por el gran acompañamiento de los habitantes de toda la comuna de Ercilla. 2. El Grupo Solidario Ercilla fue creciendo a través de los años, formalizando su constitución en el año 2013. No obstante, su crecimiento carecía de un lugar físico en el cual reunirse para las labores propias del trabajo comunitario. Por esta razón se tuvieron acercamientos con la Ilustre Municipalidad de Ercilla los que culminaron con la firma de un contrato de comodato en el que la Municipalidad cedía la tenencia de una sede en beneficio del grupo solidario. 3. El contrato de comodato fue suscrito el día 24 de junio de 2021 por el alcalde de la comuna a la fecha, don José Vilugrón Martínez, y por el Presidente, en representación del Grupo Solidario. El comodato tuvo como objeto la entrega de la Sede N° 1 ubicada en calle Quilapán N° 440, de una superficie de 140,25 metros cuadrados. El comodato se otorgó por un plazo de 30 años, contando con la autorización del Concejo Municipal, conforme lo dispone el artículo 65 de la Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades. Asimismo, fue sancionado por decreto alcaldicio N° 975 de fecha 24 de junio de 2021. 4. El día 24 de junio de 2021 se realizó la entrega del inmueble. Desde aquella fecha el Grupo Solidario ha hecho uso de forma constante de la sede entregada en comodato. 5. Sin embargo, el día 14 de septiembre de 2021 el Grupo Solidario fue notificado del Decreto N° 1518, de fecha 10 de septiembre de 2021. En dicha resolución, la nueva administración municipal, liderada por Valentín Vidal Hernández, resuelve la invalidación administrativa del Decreto N° 975 que aprobó el comodato de la sede, sin oír previamente al Grupo Solidario, como dispone el artículo 53 de la Ley 19.880. Ante aquella arbitrariedad, su representada recurre de protección, por infracción a las garantías del debido proceso e igualdad ante la ley. El recurso Rol 9027-2021 fue rechazado por la Ilma. Corte de Apelaciones de Temuco, pero posteriormente el

Fallo

fallo fue revocado por sentencia de la Excma. Corte Suprema, en el Rol 7276-2022, que acoge el recurso de protección interpuesto por el Grupo Solidario, dejando sin efecto el Decreto 1518, ordenando que se deberá iniciar un proceso de invalidación, con estricto apego a lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley 19.880. 6. El 01 de agosto de 2022, mediante Decreto 1770, la Municipalidad de Ercilla finalmente invalidó el Decreto 975, que aprobó el contrato de comodato celebrado con el Grupo Solidario, otorgando un plazo de 15 días hábiles para la entrega formal del inmueble objeto del comodato. 7. El día 19 de diciembre, en su calidad de presidente del Grupo Solidario, fue notificado del Decreto N° 3035, de fecha 14 de diciembre de 2022, de la Municipalidad de Ercilla. Aquel decreto en la parte resolutiva dispone: “1.) Déjese sin efecto el contrato de comodato celebrado con fecha 24 de junio de 2021 con el Grupo Solidario Ercilla respecto del inmueble individualizado en su cláusula segunda, a saber, un retazo de terreno de 140,25 metros cuadrados aproximadamente en el cual se emplaza una construcción denominada Sede N°1, que consta de un salón principal, cocina, dos baños y bodega. La construcción tiene una superficie de 60,85 metros cuadrados y sirvió anteriormente como Sede de Cema Chile, en atención a lo señalado en el considerando 20° del presente acto administrativo. 2.) Notifíquese, por parte de la Sra. Secretaria Municipal el presente acto administrativo al representante

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, siete de julio de dos mil veintitrés. VISTOS: Comparece LUIS ALBERTO ORELLANA ROCHA, contador auditor, domiciliado en calle Rengo 443, comuna de Ercilla, en nombre y representación, como se acredita, del GRUPO SOLIDARIO ERCILLA, persona jurídica de derecho privado sin fines de lucro, con domicilio en Rengo 443 comuna de Ercilla; quien interpone recurso de protección de garan

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