TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE CONCEPCION

IMPUTADO: REMIGIO ALEJANDRO SOLIS MERCADO

Rol

Fecha

7 de julio de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA/ ANULA

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Hechos

Visto y oído: En causa RIT 50-2023 del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de esta ciudad, el 21 de abril de 2023, se dictó sentencia definitiva que condenó a Remigio Alejandro Solís Mercado a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, accesorias legales y multa de tres UTM como autor del delito de tráfico ilícito de pequeñas cantidades estupefacientes y sustancias psicotrópicas. A ochenta días de presidio menor en su grado mínimo y a accesorias legales como autor del delito de amenazas simples. A ciento veinte días de presidio menor en su grado mínimo y accesorias legales como autor del delito de amenazas a carabineros y a ciento veinte días de presidio menor en su grado mínimo y accesorias legales como autor del delito de maltrato de obra a carabineros con resultado de lesiones leves, todos ellos en grado de desarrollo de consumado y cometidos el 21 de septiembre de 2022 en Concepción. El condenado deberá cumplir la pena privativa de libertad en forma efectiva, se decreta el comiso del dinero incautado, cuyo destino será el indicado en el artículo 46 de la Ley 20.000, y se le exime del pago de las costas. Esta sentencia fue recurrida por la defensa del condenado, concedido el recurso y estimándosele admisible, el 19 de junio pasado, se verificó la audiencia con la intervención de los apoderados de las partes. Concluido el debate, el asunto quedó en acuerdo y los intervinientes fueron citados por el Sr. Presidente de la Sala para la audiencia de hoy, a las 11:00 horas, para la lectura del fallo. Con lo relacionado y

Fundamentos

considerando: PRIMERO.- Que la defensa del encausado Solís Mercado respecto del delito de tráfico de estupefacientes y sustancias psicotrópicas en pequeñas cantidades, solicita que se anule el

Fallo

fallo y se dicte sentencia de reemplazo que le aplique la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, más accesorias legales, en virtud de la causal de nulidad prevista en el artículo 373 letra b) del Código Procesal Penal. Funda este motivo de nulidad, luego de citar los hechos acreditados en el proceso, en que la sentencia ha hecho una errónea aplicación del derecho con influencia sustancial en lo dispositivo del fallo, al acoger la agravante establecida en el artículo 12 N°16 del Código Penal, imponiendo una pena privativa de libertad superior a la que legalmente corresponde, infringiendo lo dispuesto en los artículos 104 del Código Penal, en relación a sus artículos 68 y 69. Expone que Solís Mercado fue condenado como autor de tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades a la pena de 3 años y 1 día de presidio, debido a que se aplicó la agravante esgrimida por el Ministerio Público del artículo 12 N° 16 del Código Penal, fundado en que mantenía dos condenas anteriores por el mismo delito, según cita del motivo decimoquinto. Argumenta que sostuvo la improcedencia de la agravante por cuanto se encontraba prescrita ya que habían transcurridos los plazos de prescripción establecidos en el artículo 104 del Código penal, esto es más de 5 años contados desde la ocurrencia del hecho fundamento de la sentencia invocada. Añade que la interpretación del fallo no tiene sustento legal, ya que ninguna norma establece cómo se computa el plazo, ni instrucciones relativas a

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C.A. de Concepción. Concepción, siete de julio de dos mil veintitrés. Visto y oído: En causa RIT 50-2023 del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de esta ciudad, el 21 de abril de 2023, se dictó sentencia definitiva que condenó a Remigio Alejandro Solís Mercado a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, accesorias legales y multa de tres UTM como autor del delito de trá

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