MP C/ ALEJANDRO ELIAS OYARZUN GUERRA
Rol
Fecha
6 de julio de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
hechos que constan en la causa y que no se han controvertido: (i). Que, mediante sentencia de fecha 6 de diciembre de 2022, Alejandro Elías Oyarzún Guerra fue condenado como autor de un delito tentado de hurto simple, a la pena de 21 días de prisión en su grado medio, accesorias legales y multa de un tercio de una Unidad Tributaria Mensual, por hechos cometidos durante la jornada del 4 de mayo de 2022. (ii) Que, el 9 de septiembre de 2022 también se condenó a Alejandro Elías Oyarzún Guerra por la comisión de otros 3 delitos, a saber: un delito de hurto, otro ilícito de porte de elementos conocidamente destinados a cometer delitos de robo y, además, por delito de hurto simple. Cuarto. Que, en cuanto al derecho, cabe tener presente que el artículo 11 de la Ley N°18.216 dispone: “La pena de prestación de servicios en beneficio de la comunidad podrá decretarse por el juez si se cumplen, copulativamente, los siguientes requisitos: a) Si la pena originalmente impuesta fuere igual o inferior a trescientos días. b) Si existieren antecedentes laborales, educacionales o de otra naturaleza similar que justificaren la pena, o si los antecedentes personales del condenado, su conducta anterior y posterior al hecho punible y la naturaleza, modalidades y móviles determinantes del delito permitieren presumir que la pena de prestación de servicios en beneficio de la comunidad lo disuadirá de cometer nuevos ilícitos. c) Si concurriere la voluntad del condenado de someterse a esta pena. El juez deberá informarle acerca de las consecuencias de su incumplimiento”. Agregando el inciso 2° que esta pena procederá por una sola vez y únicamente para el caso en que los antecedentes penales anteriores del condenado hicieren improcedente la aplicación de las demás penas sustitutivas. Quinto. Que, respecto del requisito previsto en la letra a) del artículo 11 de la Ley N°18.216, en razón de la cuantía de la pena impuesta en esta causa, ésta ha concurrido. Sin embargo, el presupuesto exigido por l
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 37 inciso 2° de la Ley N°18.216 y en los artículos 364 y siguientes del Código Procesal Penal, se confirma la sentencia de fecha 6 de diciembre de 2022, pronunciada por el Juez del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, don Rolando Christian Díaz Coloma, que no concedió la pena sustitutiva de prestación de servicios en beneficio de la comunidad al condenado Alejandro Elías Oyarzún Guerra. Redacción a cargo del Abogado Integrante don Ernesto González Barría Devuélvase. No firma el Ministro (S) don Moisés Montiel Torres, quien concurrió a la vista y acuerdo, haber cesado su cometido funcionario. Rol Penal N°907-2022.
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, siete de julio de dos mil veintitrés. Vistos, oídos y teniendo presente. Primero. Que, en causa RUC 2200428435-K, RIT 2876-2022 del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, se alza en apelación la defensora penal Macarena Agüero Díaz, en representación del sentenciado Alejandro Elías Oyarzún Guerra, contra la sentencia que no concedió la pena sustitutiva de prestación de servicios en ben
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