JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE CALBUCO

MINISTERIO PUBLICO DE CALBUCO C/ DEVORA YANINA GONZALEZ GUERRERO

Rol

Fecha

6 de julio de 2023

Materia

MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS: El mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en esta audiencia, teniendo en consideración que en el presente estado de la investigación existen antecedentes suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a y b del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos investigados y la participación que en aquellos se le atribuye a la imputada y en relación a la necesidad de cautela contenida en la letra c) de la citada norma, se estima por estos sentenciadores que la libertad de la imputada constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, atendida la pena asignada al delito que se le imputa, el carácter, forma de comisión y lesividad del mismo, como así también, la circunstancia de mantener causa pretérita por delito de la misma especie y no existiendo antecedentes de un embarazo de alto riesgo, se revoca la resolución en alzada de fecha cinco de julio del año en curso, dictada por don Pablo Farfan Kemp, Juez del Juzgado de Letras y Garantía de Calbuco, y en su lugar se declara que se mantiene la medida cautelar personal de prisión preventiva respecto de la imputada Dévora Yanina González Guerrero. Acordada con el voto en contra del abogado integrante don Darío Parra Sepúlveda, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada, en virtud de sus propios fundamentos. Téngase por notificados a los intervinientes. Comuníquese y devuélvase por la vía más expedita. Rol Penal N° 726-2023.

Fallo

se declara que se mantiene la medida cautelar personal de prisión preventiva respecto de la imputada Dévora Yanina González Guerrero. Acordada con el voto en contra del abogado integrante don Darío Parra Sepúlveda, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada, en virtud de sus propios fundamentos. Téngase por notificados a los intervinientes. Comuníquese y devuélvase por la vía más expedita. Rol Penal N° 726-2023.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, seis de julio de dos mil veintitrés. VISTOS: El mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en esta audiencia, teniendo en consideración que en el presente estado de la investigación existen antecedentes suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a y b del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos

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