SIN INFORMACION

LOTITO/SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE EDUCACION REGION DE COQUIMBO

Rol

Fecha

5 de julio de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el 9 de diciembre de 2022, comparece don Vicente Ramiro Moya Suárez, abogado, en representación del Colegio Español E.I.R.L., R.U.T. 65.167.5131-8, interponiendo recurso de reclamación, en contra de la Resolución Exenta Nº 001605, de dieciocho de noviembre del año dos mil veintidós. Expone que la resolución que se impugna fue dictada en el proceso administrativo Rol 2021/FC/04/087, en virtud de la cual se aplicó a la Corporación Educacional Colegio Español la sanción establecida en el Art. 73 letra c) de la Ley 20.529, esto es, la privación parcial y temporal del 10% de la subvención general por seis meses consecutivos. Refiere que la resolución sancionatoria se fundamenta en que no se acompañaron los medios de prueba correspondientes, consistentes en un set fotográfico de reparaciones efectuadas al establecimiento educacional, la pericia contable y demás antecedentes ofrecidos como prueba. Alega que dichos medios de prueba se hicieron llegar en forma oportuna, pero por una extraña razón que atribuye presuntamente a la contingencia sanitaria, no se agregaron al expediente sumarial correspondiente, afectándose así el uso del derecho de defensa establecido en la Constitución Política de la República, agregando que, además, debido a la emergencia sanitaria, no tuvo oportunidad de rendir prueba testimonial. Indica que la defensa se fundó en la inexistencia de acciones dolosas, ya que mediante una pericia contable se podría haber demostrado que los gastos que no se acreditaron fueron destinados efectivamente a fines educativos, no existiendo mala fe ni descuido, solamente la intención de mantener el proyecto educacional. En definitiva, solicita acoger la presente reclamación y declarar que se absuelve a la Corporación Educacional Colegio Español. Para los efectos de acreditar sus asertos, acompañó los siguientes documentos: 1.- Set de fotografías del Colegio Español de Coquimbo en la cual aparecen todos los arreglos y las inversiones practicadas en el Establecimiento Educacional. 2.- Auditoria sobre inversiones en el Establecimiento Educacional Colegio Español Coquimbo. Segundo: Que, al evacuar el traslado en representación de la Superintendencia de Educación, la abogada Claudia Astudillo Aguirre, solicita el rechazo de la Reclamación Judicial en contra de la Resolución Exenta PA N°001605 de 18 de noviembre de 2022, dictada por don Miguel Zárate Carranza, Fiscal Nacional (S) de la Superintendencia de Educación, que acogió parcialmente la reclamación administrativa interpuesta en contra de la Resolución Exenta N° 2021/PA/04/412 de fecha 29 de diciembre de 2021, del Director Regional de la Superintendencia de Educación de la Región de Coquimbo, aplicando al sostenedor la sanción de privación temporal y parcial de subvención de 4% por dos meses. Señala que, con fecha 4 de octubre de 2021, la fiscal a cargo de la investigación formuló el cargo único a través del acto administrativo Nº 2021/FC/04/087, en virtud de los an

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 85 de la Ley 20.529, se rechaza, sin costas, el reclamo deducido a folio 1, por el abogado Vicente Ramiro Moya Suárez, en representación del Colegio Español E.I.R.L., en contra de la Resolución Exenta PA N° 001605 de fecha 18 de noviembre de 2022, dictada por don Miguel Zárate Carranza, Fiscal (S) de la Superintendencia de Educación, que acogió parcialmente recurso de reclamación administrativa interpuesta en contra de la Resolución Exenta N° 2021/PA/04/412 de fecha 29 de diciembre de 2021, del Director Regional de la Superintendencia de Educación de la Región de Coquimbo, aplicando al sostenedor la sanción de privación temporal y parcial de subvención de 4%, por dos meses. Sentencia redactada por la abogada integrante Pía Paulina Bustos Fuentes. Regístrese y notifíquese y archívese en su oportunidad. Rol Nº 34-2022 (Contencioso administrativo). Pronunciado por la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones, integrada por los Ministros titulares señor Vicente Hormazábal Abarzúa, señor Iván Corona Albornoz y la abogada integrante señora Pía Bustos Fuentes. En La Serena, a cinco de julio de dos mil veintitrés, notifiqué por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

Lotito Manterola, Franco Ítalo Miguel Superintendencia de Educación, Región de Coquimbo Recurso de Reclamación Rol Nº 34-2022. La Serena, cinco de julio de dos mil veintitrés. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el 9 de diciembre de 2022, comparece don Vicente Ramiro Moya Suárez, abogado, en representación del Colegio Español E.I.R.L., R.U.T. 65.167.5131-8, interponiendo recurso de reclamación,

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