ANONIMIZADO
Rol
Fecha
5 de julio de 2023
Materia
ALIMENTOS, OTROS
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y no configurandose alguna de las hipótesis contempladas en el artículo 54-1, en relación al artículo 57, ambos de la Ley N° 19.968, se revoca, la resolución apelada de dos de mayo del año dos mil veintidós, dictada por el Juzgado de Familia de Pudahuel, en los autos ROL C-1550-2022 y, en su lugar, se decide que el Tribunal a quo deberá dar curso a la demanda como en derecho corresponde. Acordado lo anterior con el voto en contra del Ministro señor Carreño, quien fue del parecer de confirmar la resolución apelada, por no correponder la materia señalada con el...
Fallo
se decide que el Tribunal a quo deberá dar curso a la demanda como en derecho corresponde. Acordado lo anterior con el voto en contra del Ministro señor Carreño, quien fue del parecer de confirmar la resolución apelada, por no correponder la materia señalada con el...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, cinco de julio de dos mil veintitrés. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y no configurandose alguna de las hipótesis contempladas en el artículo 54-1, en relación al artículo 57, ambos de la Ley N° 19.968, se revoca, la resolución apelada de dos de mayo del año dos mil veintidós, dictada por el Juzgado de Familia de Pudahuel, en los autos ROL C-1550-2022 y, e
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica