PÉREZ/ISAPRE COLMENA GOLDEN CROSS S.A.
Rol
Fecha
5 de julio de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto y teniendo presente: 1°) Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, dejando a salvo las demás acciones legales. 2°) Que, del contexto del libelo y los documentos acompañados se desprende que el recurrente ha tomado conocimiento del acto que lo motiva a deducir esta acción constitucional, a lo menos, en el mes de abril de dos mil veintitrés, época en que se materializa la modificación del valor de su cotización, por lo que, habiendo deducido el presente recurso con fecha veintitrés de junio del año en curso, no puede ser acogido a tramitación por extemporáneo. 3°) Que, sin perjuicio de lo antes razonado, los hechos descritos en la presentación, y en particular sus peticiones, exceden las materias que deben ser conocidas por el presente recurso atendida su naturaleza cautelar, teniendo presente que se denuncia un conflicto contractual y reclaman derechos que deben ser debatidos y probados en el procedimiento judicial que corresponda, por lo que no será admitida a tramitación. Y de conformidad, además, con el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de protección de garantías constitucionales, se declara inadmisible el interpuesto al folio 1. Archívese. N°Protección-11359-2023. (ccc)
Fallo
fallo del recurso de protección de garantías constitucionales, se declara inadmisible el interpuesto al folio 1. Archívese. N°Protección-11359-2023. (ccc)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago gvb Santiago, cinco de julio de dos mil veintitrés. Visto y teniendo presente: 1°) Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artículo 20 de la Constituci
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