SIN INFORMACION

AGENCIA DE DISTRIBUCIÓN Y VENTA DE IMPRESOS JUAN ANTONIO FERNANDEZ LARENAS EIRL/JUZGADO DE LETRAS DE

Rol

Fecha

4 de julio de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: Primero: Que la resolución que se intentó apelar es aquella que, rechazando la pretendida rectificación de la demanda, retrotrae los autos al estado de continuar tramitando el primer libelo, por entender que éste no guarda relación con el escrito rectificatorio. Segundo: Que en tales condiciones, dicha decisión pone término al juicio, en lo que toca a la segunda demanda (rectificación), precisamente porque ésta se refiere a acciones y demandados diferentes. Tan cierto es esto, que, de mantenerse la resolución apelada, el actual recurrente de hecho no sería parte en la causa. Por consiguiente, parece claro que se trata de una resolución que pone término al proceso que intenta iniciar el demandante y, por lo tanto, resulta apelable al tenor del artículo 476 del Código del Trabajo, lo que determina el rechazo del presente recurso. Y visto además lo dispuesto por los artículos 196, 220 y 205 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza, el falso recurso de hecho presentado por el abogado Felipe Correa Bravo, en representación de Agencia de Distribución y ventas de impresos Juan Fernández Larenas EIRL, contra del Juzgado del Trabajo de Valparaíso. Déjese copia del presente

Fallo

fallo en los autos Rol Laboral N° 465-2023 de esta misma Corte. N°Laboral - Cobranza-470-2023. En Valparaíso, cuatro de julio de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, cuatro de julio de dos mil veintitrés. Vistos y considerando: Primero: Que la resolución que se intentó apelar es aquella que, rechazando la pretendida rectificación de la demanda, retrotrae los autos al estado de continuar tramitando el primer libelo, por entender que éste no guarda relación con el escrito rectificatorio. Segundo: Que en tales condiciones, dicha d

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