/ANDRADE
Rol
31923-2022
Fecha
20 de julio de 2022
Materia
Civil
Resultado
INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que en la liquidación voluntaria de la persona deudora tramitado ante el Vigésimo Quinto Juzgado Civil de Santiago bajo el Rol C-2441-2020, caratulado “/Andrade”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por el solicitante en contra de la resolución dictada por la Corte de Apelaciones de esta ciudad de veinte de junio del año en curso, que declaró inadmisible el recurso de apelación deducido contra aquella de primer grado de trece de mayo de presente año, que acogió la solicitud de exclusión del crédito con garantía estatal del fondo solidario del procedimiento concursal. 2°.- Que el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil dispone que se admite el recurso de casación en el fondo contra sentencias definitivas inapelables y contra sentencias interlocutorias inapelables cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, dictadas -en lo que interesa para el presente caso- por Cortes de Apelaciones, siempre que se hayan pronunciado con infracción de ley y esta infracción haya influido substancialmente en lo dispositivo de la sentencia; 3°.- Que la resolución impugnada por esta vía no presenta las características de aquellas aludidas en el motivo anterior, toda vez que no ha puesto fin a la instancia, ni tampoco ha concluido el juicio ni hecho imposible su prosecución, razón por la cual el recurso de nulidad sustancial intentado en autos no podrá ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Mario Andrés Espinosa Valderrama, en representación del solicitante, en contra de resolución veinte de junio de dos mil veintidós dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese y devuélvase, vía interconexión. Rol N°31.923-2022.-
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Mario Andrés Espinosa Valderrama, en representación del solicitante, en contra de resolución veinte de junio de dos mil veintidós dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese y devuélvase, vía interconexión. Rol N°31.923-2022.-
Texto Completo (Preview)
Santiago, veinte de julio de dos mil veintidós. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que en la liquidación voluntaria de la persona deudora tramitado ante el Vigésimo Quinto Juzgado Civil de Santiago bajo el Rol C-2441-2020, caratulado “/Andrade”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por el solicitante en contra de la resolución dictada por la Cort
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