SIN INFORMACION

PALMA/ISAPRE COLMENA GOLDEN CROSS S.A.

Rol

Fecha

29 de junio de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece doña Susana Elisa Fernández Mardones, abogada, en representación de don Rodolfo Juan Antonio Palma Vergara e interpone recurso de protección en contra de la Isapre Colmena Golden Cross S.A, por el acto u omisión que estima arbitrario e ilegal que afecta las garantías de los numerales 9° y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, consistente en el término de su plan de salud grupal, y la imposición de un nuevo plan individual que ésta decidirá unilateralmente. Contextualiza que con fecha 30 de noviembre de 2022 la referida Isapre le comunicó la decisión de poner fin a su actual plan de salud EMPRESA 2110, que formaba parte del convenio de salud colectivo pactado con Aguas Andinas S.A. Refiere que dicha misiva le informa que en los últimos años existe un aumento real del costo de las prestaciones de salud para los trabajadores adscritos a ese convenio de salud colectivo, debido al alza en el precio que ha experimentado la mayoría de las prestaciones ambulatorias y hospitalarias, implicando un aumento en la siniestralidad superior al pactado en el convenio y en su plan de salud. Agrega que se le otorgan 3 opciones al afiliado, 1. Incorporarse al plan Business vigente a la venta que más se asemeje a su plan actual debiendo suscribir un FUN y plan; 2. Si así no lo hiciere dentro del plazo indicado, podrá poner término al plan grupal vigente, incorporándolo a un individual plan similar; 3. Desafiliarse a la Isapre. Indica que dicho acto constituye una manifestación unilateral de la voluntad de la recurrida para poner término a su plan de salud, así como la imposición de un consentimiento presunto, que jamás ha autorizado el recurrente, sujetándolo a un estatuto diferente al convenido, el que es perjudicial a sus derechos. Previene que no se ha cumplido con el procedimiento establecido en el artículo 200 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, pues no hay constancia

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido por don Rodolfo Juan Antonio Palma Vergara en contra de la Isapre Colmena Golden Cross S.A. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Protección-162544-2022. En Santiago, veintinueve de junio de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintinueve de junio de dos mil veintitrés. Al escrito folio 25: a lo principal y primer otrosí, téngase presente; al segundo otrosí, a sus antecedentes. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece doña Susana Elisa Fernández Mardones, abogada, en representación de don Rodolfo Juan Antonio Palma Vergara e interpone recurso de protección en contra de la Isapre Col

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