ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA/ROJAS (LTE)
Rol
Fecha
29 de junio de 2023
Materia
OTROS EJECUTIVOS
Resultado
ANULA DE OFICIO
Hechos
Visto: Apareciendo de los antecedentes que el tribunal a quo no hizo el control de admisibilidad conforme a lo previsto en el artículo 442 del Código de Procedimiento Civil vigente a la época, se invalida de oficio lo obrado en autos desde la resolución de fecha cuatro de mayo de dos mil veinte del cuaderno principal, retrotrayéndose la causa al estado de proveer la demanda ejecutiva presentada por el juez no inhabilitado que corresponde, quien deberá dar cumplimiento a la norma antes indicada y despachar un nuevo mandamiento de ejecución y embargo. En cuanto a la apelación, atendido lo resuelto precedentemente, se omite pronunciamiento. Comuníquese. N°Civil-5773-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintinueve de junio de dos mil veintitrés. Visto: Apareciendo de los antecedentes que el tribunal a quo no hizo el control de admisibilidad conforme a lo previsto en el artículo 442 del Código de Procedimiento Civil vigente a la época, se invalida de oficio lo obrado en autos desde la resolución de fecha cuatro de mayo de dos mil veinte del cuaderno principal, retrotray
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica