RODRIGUEZ LIZANA FABIAN ANDRES/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
29 de junio de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°.- Comparece don Osvaldo Antonio Sepúlveda Aravena, Defensor Penal Público Penitenciario, en favor de don Fabián Andrés Rodríguez Lizana, actualmente cumpliendo condena en C.C.P. Colina I, ejerciendo acción constitucional de Amparo, en contra de la Resolución de 15 de abril de 2023, suscrita por la Comisión de Libertad Condicional, mediante la cual se rechazó en Sesión Ordinaria la postulación del amparado, sin ajustarse adecuadamente la normativa vigente, por lo que su privación de libertad se torna arbitraria e ilegal, solicitando se acoja dicha acción, revocando la resolución señalada y se ordene conceder la libertad condicional del amparado. Relata que el amparado se encuentra cumpliendo la pena de 1230 días, impuesta por el delito de robo con fuerza en lugar habitado RUC 1800728143-5, RIT 8127-2018, del Juzgado de Garantía de San Bernardo y de 5 años y un día por el delito de porte ilegal de municiones RUC 1501173815-7 RIT 12692-2015 del mismo tribunal, condena que se inicia el 29 de julio de 2018 y termina el 11 de diciembre de 2016, habiéndose verificado el tiempo mínimo para optar a la libertad condicional, según antecedentes dados por GENCHI, se verificó el 17 de abril de 2023, habiendo sido la conducta registrada del interno los últimos 6 bimestres, de Muy Buena Conducta. Señala que en abril del año en curso y tras cumplir a cabalidad con los requisitos letales y reglamentarios, fijados en D.L.321, modificado por la Ley 21.124 y su reglamento, el amparado es postulado por Gendarmería de Chile para optar a la Libertad Condicional, ocurriendo que la Comisión de Libertad Condicional sesionó dentro de la primera quincena de abril de 2023, oportunidad en que conoció de los antecedentes de don Fabián Rodríguez Lizana, rechazando el beneficio de libertad condicional a aquel. Indica que el fundamento del rechazo fue que se advertía de los antecedentes que presenta alto compromiso delictual y riesgo de reincidencia asociado al área
Fundamentos
fundamentos que justifican la decisión que se reclama. En efecto es posible advertir de los aspectos psicosociales indicados en el informe, que el condenado presenta un alto compromiso delictual y riesgo de reincidencia asociado al área de pares y patrón antisocial, lo que impidió a la Comisión de Libertad Condicional concluir que haya progresado en su reinserción social, como exige el D.L. N° 321, no pudiendo desconocerse al respecto que conforme estatuye el artículo 1 de dicha normativa, la concesión de libertad condicional es un medio de prueba que precisamente demuestra ese avance respecto de la persona condenada a una pena privativa de libertad a quien se le otorga. 4°.- Que, del análisis de los antecedentes tenidos a la vista y reseñados en el motivo que antecede, puede concluirse que la recurrida, actuando en el ámbito de sus atribuciones, denegó la concesión de la libertad condicional solicitada por el recurrente, contando dicha decisión con la debida fundamentación, la que se apoyó en los antecedentes proporcionados por Gendarmería de Chile y en la inteligencia, que dentro de la esfera de las competencias que le son propias, le permitió concluir que el amparado no es merecedor, por ahora, de la misma. En concepto de esta Corte, la Comisión recurrida no ha excedido el ámbito de las facultades que importan formarse convicción sobre el buen pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzó, por las razones que señala y, por lo mismo, no puede estimarse que en la adopción de esta determinación haya incurrido en alguna ilegalidad o arbitrariedad. 5°.- Que, evidentemente resulta indudable que no pueden ser las conclusiones del Informe Psicosocial las que definan que la Comisión de Libertad Condicional conceda o no el respectivo beneficio a un condenado. Sin embargo, por cierto, su mérito y los antecedentes de que da cuenta deben ser evaluados por ella a objeto de apreciar los factores de riesgo de reincidencia que presenta el interno, con el fin de definir sus posibilidades reales de reinsertarse adecuadamente en la sociedad, pues tal como afirma el artículo 1 del D.L. 321, la libertad condicional es demostrativa de que al momento de postular a ella, el condenado presenta avances en su proceso de reinserción social. Ningún factor de riesgo puede razonablemente estimarse “categórico” a efectos de asegurar su imposibilidad de reinsertarse socialmente, pues obviamente un elemento de riesgo es siempre la “probabilidad” de que una amenaza se convierta en un desastre y medir el grado de esta posibilidad comporta invariablemente un componente subjetivo de quien lo evalúa. Pues bien, esta Corte no puede soslayar que fue el legislador quien el año 2019 otorgó a la Comisión de Libertad Condicional la competencia para realizar la evaluación respectiva, introduciendo un criterio discrecional que reconoció expresamente incorporado al ámbito de sus atribuciones, dado que hasta la modificación inserta
Fallo
Por estas consideraciones, atendido, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Fabián Andrés Rodríguez Lizana. en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Regístrese y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-1524-2023. Pronunciada por la Séptima Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Antonio Ulloa Márquez e integrada por el Ministro (S) señor Sergio Córdova Alarcón y por el Abogado Integrante señor Sebastián Hamel Rivas.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintinueve de junio de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: 1°.- Comparece don Osvaldo Antonio Sepúlveda Aravena, Defensor Penal Público Penitenciario, en favor de don Fabián Andrés Rodríguez Lizana, actualmente cumpliendo condena en C.C.P. Colina I, ejerciendo acción constitucional de Amparo, en contra de la Resolución de 15 de abril de 2023, suscrita por l
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica