ANONIMIZADO
Rol
Fecha
28 de junio de 2023
Materia
CUIDADO PERSONAL DEL NIÑO
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de autos,
Fundamentos
considerando que existen antecedentes que dan cuenta de las cargas alimentarias que el demandado ha de solventar, así como la necesidad que el alimentante proporcione los recursos para la debida subsistencia del menor alimentario, pudiendo éste proveer una pensión alimenticia provisoria en los términos fijados, y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 3, inciso 3°, y 4 de la Ley 14.908, SE CONFIRMA, sin costas, la resolución apelada de fecha cuatro de mayo del año en curso, dictada por la Juez de Familia de Aysén doña Dalia Illezca Carrasco. Regístrese y devuélvase. Rol 33-2023...
Texto Completo (Preview)
Coyhaique, veintiocho de junio de dos mil veintitrés. VISTOS: Atendido el mérito de autos, considerando que existen antecedentes que dan cuenta de las cargas alimentarias que el demandado ha de solventar, así como la necesidad que el alimentante proporcione los recursos para la debida subsistencia del menor alimentario, pudiendo éste proveer una pensión alimenticia provisoria en los términos fijad
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica