ANONIMIZADO
Rol
Fecha
28 de junio de 2023
Materia
ALIMENTOS
Resultado
REVOCADA/ CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y si bien deben compartirse los argumentos de fondo esgrimidos por el tribunal para determinar el monto de la pensión alimenticia, no ocurre lo mismo en cuanto a la condena en costas de la parte demandada, particularmente por la disconformidad existente entre el monto peticionado en la demanda y aquél regulado por el tribunal, lo que concede a esta parte motivo plausible para litigar. Por estas consideraciones y, visto además, lo dispuesto la Ley 19.968 y 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA, la sentencia apelada de fecha veintidós de marzo del año en curso, dictada en causa Rit C-...
Fallo
Por estas consideraciones y, visto además, lo dispuesto la Ley 19.968 y 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA, la sentencia apelada de fecha veintidós de marzo del año en curso, dictada en causa Rit C-...
Texto Completo (Preview)
Antofagasta, a veintiocho de junio de dos mil veintitrés. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y si bien deben compartirse los argumentos de fondo esgrimidos por el tribunal para determinar el monto de la pensión alimenticia, no ocurre lo mismo en cuanto a la condena en costas de la parte demandada, particularmente por la disconformidad existente entre el monto peticionado en la demanda
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