SIN INFORMACION

CONTRERAS ALVEAL BRUNO ROBERTO/ COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

28 de junio de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece la abogada Estrella San Martín Toloza en representación de Bruno Roberto Contreras Alveal, interno en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, quien interpone acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional, que rechazó el otorgamiento del beneficio de libertad condicional a su representado, solicitando que se declare que el acto de la recurrida es arbitrario e ilegal, ordenando su inmediato cese o lo que en derecho corresponda. Señala que el amparado se encuentra cumpliendo las siguientes condenas: 541 por el delito de robo por sorpresa, 541 días por el delito de robo en bienes nacionales de uso público, y 41 días por el delito de portar elementos conocidamente destinados a cometer delito de robo. Refiere que de acuerdo con la información entregada por Gendarmería de Chile, su representado registra como fecha de inicio de condena el día 16 de diciembre de 2021, estimándose como fecha de término el 8 de abril de 2024, y el tiempo mínimo para postular a la libertad de condicional lo cumplió el día 31 de marzo de 2023. Afirma que su representado registra muy buena conducta desde el bimestre de mayo – junio del año 2022 a la fecha, esto es, 5 bimestres. Sin perjuicio de lo anterior, indica que mediante resolución de 24 de abril de 2023, la recurrida decidió rechazar la petición de libertad condicional del amparado, por los argumentos que se esgrimen. Imputa que, en primer lugar, su representado demuestra avances en su proceso de reinserción social al cumplir todos los requisitos exigidos por el artículo 2 del Decreto Ley 321. En segundo término, existe una insuficiente fundamentación de los

Fundamentos

motivos del rechazo. En virtud de lo anterior, solicita dejar sin efecto la resolución que rechaza la libertad condicional al amparado, decretando que se le conceda dicho beneficio. SEGUNDO: Que informa Ana María Osorio Astorga, Presidenta de la Comisión de Libertad Condicional, al tenor del recurso de amparo interpuesto. Refiere que, por unanimidad, se rechazó la concesión del beneficio de la libertad condicional al amparado, transcribiendo al efecto la resolución recurrida, en la que se consignó que: “entre los documentos analizados por esta Comisión es posible advertir que el postulante presenta un mediano compromiso delictual, arrojando la necesidad de intervenir diversas áreas y fortalecer características personales tales como tolerancia a la frustración, autocontrol, toma de decisiones positivas sobre todo bajo contexto de estrés emocional, con el objetivo de internalizar normas y valores ligados al comportamiento pro social, transformándose así en factores de protección frente a la comisión de delitos. Presenta una deficiente conciencia del delito, donde no identifica este comportamiento como una conducta transgresora de la ley, observándose utilidad de la actividad delictual, justificando su conducta por falta de dinero, minimizando su responsabilidad. Su disposición al cambio se encuentra en etapa pre contemplativa, sin interés genuino en intervención.” Con el mérito de lo expuesto, sostiene que la Comisión rechazó la concesión del beneficio de libertad condicional para el amparado, teniendo presente que el análisis de los antecedentes acompañados por Gendarmería de Chile, no permitía hacer uso de la facultad antes referida. TERCERO: Que, la Comisión de Libertad Condicional acompañó los antecedentes con los que el amparado fue postulado al beneficio, consistentes en formulario consolidado de postulación al proceso de libertad condicional y el informe de postulación psicosocial de la libertad condicional, de los que se extrae que el interno se encuentra calificado con un mediano compromiso delictual, tiene 24 años, que se encuentra cumpliendo una condena de 541 por el delito de robo por sorpresa, 541 días por el delito de robo en bienes nacionales de uso público, y 41 días por el delito de portar elementos conocidamente destinados a cometer delito de robo, las dos primeras impuestas por el 6° Juzgado de Garantía de Santiago, y la tercera por el 9° Juzgado de Garantía de Santiago. En relación con lo expuesto, la fecha de inicio fue el 16 de diciembre de 2021, por lo que el término está previsto el 8 de abril de 2024; y el tiempo mínimo para postular al beneficio es el 31 de marzo de 2023. También consta que el condenado no cuenta con beneficio intrapenitenciario, y registra dos faltas graves al régimen interno. CUARTO: Que conforme al artículo 21 de la Constitución Política de la República, el recurso de amparo tiene por objeto velar por las formalidades legales, adoptar las providencias necesarias para restablecer el imperio del der

Fallo

Por estas consideraciones y con lo dispuesto, además, en los artículos 2 N° 3 del D.L. N° 321 de 1925, 12 del Decreto Nº 338 de 2019, del Ministerio de Justicia y 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Bruno Roberto Contreras Alveal, en contra la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad N°Amparo-1517-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiocho de junio de dos mil veintitrés. A los folios 6 y 7; a todo, téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece la abogada Estrella San Martín Toloza en representación de Bruno Roberto Contreras Alveal, interno en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, quien interpone acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libert

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