HERRERA/EXPRESS
Rol
Fecha
28 de junio de 2023
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo únicamente presente: 1° Que el abandono es una sanción procesal al litigante que por medio de su inactividad demuestra desidia en la prosecución del pleito y, para su procedencia, las partes deben haber cesado en la prosecución del juicio durante más de seis meses, contados desde la fecha de la última resolución recaída en alguna gestión útil. 2° Que, al respecto, consta del proceso que la última resolución recaída en gestión útil, fue aquella que recibió la causa a prueba el 8 de enero de 2020, la que fue notificada a los demandados con fecha 16 y 17 de marzo de ese mismo año, quedando pendiente su notificación a la parte demandante. 3° Que, en dichas circunstancias se dio inicio al estado de excepción constitucional por catástrofe derivado de la situación de pandemia en cuyo contexto aparece que realizar la notificación de la interlocutoria de prueba a la actora, durante el tiempo que se extendió el estado de excepción constitucional, para el solo efecto de iniciar un término probatorio que está suspendido por ley, constituye una actuación inútil y riesgosa además, tanto para el receptor como para las partes, razón por la cual se entiende -teniendo en especial consideración el escenario contemplado por el legislador-, que el espíritu del artículo 6 de la ley N° 21.226 (hoy derogado) fue precisamente, suspender la actividad procesal a partir de la interlocutoria de prueba. 4° Que en este escenario, no es posible estimar cumplido el plazo de abandono, en atención a la suspensión dispuesta por el legislador, lo que conlleva el rechazo de la declaración solicitada. Y visto lo prevenido en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la sentencia apelada de trece de septiembre de dos mil veintiuno, pronunciada por el 7° Juzgado Civil de esta comuna en el proceso rol C-1398-2019 y, en su lugar, se rechaza el incidente promovido por la demandada, sin costas. Acordada con el voto en contra de la ministra Mondaca Rosale
Texto Completo (Preview)
Alegaron, previo anuncio y relación pública, el abogado don Bernardo Jorquera y el abogado don Diego Chamorro por y contra el recurso. Santiago, 28 de junio de 2023. Cristián Alcántara Mödinger, relator. Santiago, veintiocho de junio de dos mil veintitrés. A los escritos folios N° 15 y 16: Téngase presente. Vistos y teniendo únicamente presente: 1° Que el abandono es una sanción procesal al liti
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