JACOB BERNABÉ LEVIO LLAUPE Y OTROS/JUAN MANUEL TORRES ZALAZAR Y OTROS
Rol
Fecha
28 de junio de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
VISTOS: A lo principal: Teniendo presente la naturaleza cautelar del Recurso de Protección consistente en restablecer el imperio del derecho cuando éste, por actos u omisiones arbitrarias e ilegales ha sido perturbado o amenazado en su legítimo ejercicio y, en este caso, de los hechos mencionados por la parte recurrente y los antecedentes tenidos a la vista, no se desprende que pueda existir vulneración de las Garantías indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, que requiera del amparo Constitucional que la citada norma otorga, desprendiéndose de los hechos la existencia de una investigación penal seguida ante el Juzgado de Garantía de Carahue Rol 1267-2018, y que incluso fue conocido por esta Corte recurso de apelación en causa Rol Penal 691-2023 en contra de la resolución que motiva estos autos, considerando, asimismo, que las peticiones concretas del libelo de autos exceden la natura cautelar del recurso de protección atendido su propio tenor, y visto, además, lo dispuesto en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, SE DECLARA INADMISIBLE el recurso de protección deducido en lo principal de folio 1 por los requirentes allí individualizados. Al primer otrosí: Estese a lo resuelto. Al segundo otrosí: Por acompañado. Regístrese y archívese. N°Protección-8718-2023. (sac)
Fallo
Fallo del Recurso de Protección, SE DECLARA INADMISIBLE el recurso de protección deducido en lo principal de folio 1 por los requirentes allí individualizados. Al primer otrosí: Estese a lo resuelto. Al segundo otrosí: Por acompañado. Regístrese y archívese. N°Protección-8718-2023. (sac)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, veintiocho de junio de dos mil veintitrés. VISTOS: A lo principal: Teniendo presente la naturaleza cautelar del Recurso de Protección consistente en restablecer el imperio del derecho cuando éste, por actos u omisiones arbitrarias e ilegales ha sido perturbado o amenazado en su legítimo ejercicio y, en este caso, de los hechos mencionados por la parte recurrente y los antece
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