M.P C/ KEVIN ALEXANDER MUÑOZ BORGHERESI. RECURSO INCORPORADO A LA TABLA DE HOY DE ACUERDO A LEY N°20.253
Rol
Fecha
27 de junio de 2023
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.
Resultado
CONFIRMADA CON DECLARACIÓN
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Primero: Que el artículo 122 del Código Procesal Penal dispone que las medidas cautelares personales sólo serán impuestas cuando fueren absolutamente indispensables para asegurar la realización de los fines del procedimiento. Segundo: Que, a su vez, el artículo 139 del referido ordenamiento prevé que la prisión preventiva procederá cuando las demás medidas cautelares personales fueren estimadas como insuficientes para asegurar las finalidades del procedimiento, la seguridad del ofendido o de la sociedad. Tercero: Que del mérito de los antecedentes expuestos, aparece que la necesidad de cautela a que se refiere la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal se ve suficientemente satisfecha con otras medidas que al efecto contempla el artículo 155 del mismo cuerpo legal, como aquellas que se puntualizarán en lo resolutivo. Y atendido lo dispuesto en los artículos 140 a 155 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de veintiséis de junio del año en curso, dictada por el 10° Juzgado de Garantía de Santiago, que no dio lugar a la medida cautelar de prisión preventiva del imputado Kevin Alexander Muñoz Borgheresi, con declaración que se le impone, además, la firma quincenal ante la Comisaría de Carabineros más cercana al domicilio. El juez de primer grado deberá disponer las medidas pertinentes para el cumplimiento de lo resuelto. Devuélvase. N° 1902-2023 Penal.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veintisiete de junio de dos mil veintitrés. Sala: Cuarta Sala Rol: 1902-2023 Penal Ruc: 2300684500-2 RIT: 1727-2023 Tribunal: 10° Juzgado de Garantía de Santiago Integrantes: Ministra M. Soledad Espina Otero, la Fiscal Judicial Anamaría Quintero Harvey y el abogado integrante Adelio Misseroni Raddatz. Relatora: Patricia Ampuero Pulgar Digitadora: María José Cuevas Defensa: Pedro Narv
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