SIN INFORMACION

GERARDO LISANDRO NEIRA CARRASCO CONTRA JUEZ TITULAR DEL SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE TALCAHUANO. (RADICADA 2° SALA)

Rol

Fecha

27 de junio de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADO SIN COSTAS

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Hechos

VISTOS: En folio 1 de estos autos Rol Corte N°Civil-1209-2023, comparece el abogado don Gerardo Lisandro Neira Carrasco, deduciendo recurso de queja en contra del juez del Segundo Juzgado en lo Civil de Talcahuano, don Cristian Daniel Gutiérrez Lecaros, por las graves faltas y abusos cometidos al dictar la resolución de 4 de mayo recién pasado en los autos rol C-505-2021, caratulados “Banco Santander Chile con Valdés”. Indica que dicha resolución proveyó el escrito de folio 286, de la siguiente manera: “A LO PRINCIPAL, petición subsidiaria y AL OTROSI: Previo a proveer, cumpla con la consignación ordenada con esta fecha.” Refiere que la aludida resolución causa agravio a su representado, por cuanto condiciona el ejercicio de la función jurisdiccional a una consignación previa de dinero, pareciendo que considera esa presentación como un incidente, lo que no es efectivo; además que dicha resolución no es susceptible de recurso alguno. Por último, refiere que se ha pronunciado con una manifiesta falta o abuso grave, al fallarse contra texto expreso de ley. Pide que se resuelva derechamente el escrito de folio 286 y aplicar al juez infractor las medidas disciplinarias que correspondan. En folio 8, informó el juez recurrido, don Cristian Daniel Gutiérrez Lecaros, Titular del Segundo Juzgado Civil de Talcahuano, expresando que mediante el escrito de folio 286, la tercera independiente, representada por el abogado Gerardo Neira, repuso apelando en subsidio de la resolución dictada a folio 282, y en el otrosí apeló derechamente de la misma. La presentación fue resuelta el 4 de mayo último, disponiéndose en folio 289, que el recurrente debía cumplir previamente con la consignación ordenada en el artículo 88 del Código de Procedimiento Civil. Contra lo resuelto en dicho folio 289, se recurre de queja. Agrega que, posteriormente, en folio 296, el tercero repuso de la resolución por la cual se dispuso la aplicación del apercibimiento de folio 288, ante lo cual, el 15 de may

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1.- Que el inciso 1° del artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales dispone que el recurso de queja solo procederá contra las sentencias interlocutorias cuando ponen fin al juicio o hacen imposible su continuación, o contra las sentencias definitivas, siempre que unas y otras no sean susceptibles de recurso alguno, ordinario o extraordinario. 2.- Que, en el presente caso, de los antecedentes tenidos a la vista a través del sistema informático, aparece en el cuaderno de apremio de la causa ejecutiva Rol C-505-2021, caratulada “Banco Santander-Chile con Valdés” del ingreso del Segundo Juzgado de Letras en lo Civil de Talcahuano, que la resolución que se impugna por este arbitrio, es la de 4 de mayo de 2023, que rola en folio 289, que no dio curso al recurso de reposición con apelación subsidiaria y en el otrosí, a la apelación derecha, deducida por la tercero independiente Paulina Andrea Muñoz Rothen, ordenando cumplir en forma previa con la consignación del artículo 88 del Código de Procedimiento Civil. 3.- Que, cabe consignar, que la resolución impugnada a través del presente recurso no reviste la naturaleza de aquellas a que se refiere la norma legal referida en el fundamento 1° de esta resolución, toda vez que no pone término al procedimiento ni hace imposible su continuación, razón por la cual el presente recurso de queja resulta ser inadmisible. 4.- Que, a mayor abundamiento, la consignación dispuesta mediante la resolución objeto del presente recurso, fue dejada sin efecto por el a quo con fecha 15 de mayo último, en folio 308, según lo expresó dicho juez en su informe y además consta en el sistema informático.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 548 y 549 del Código Orgánico de Tribunales, se decide: Que, se declara inadmisible el recurso de queja deducido por el abogado Gerardo Lisandro Neira Carrasco en contra del juez del Segundo Juzgado de Letras en lo Civil de Talcahuano, don Cristian Daniel Gutiérrez Lecaros. Regístrese y archívese. Redacción de la ministra Vivian Toloza Fernández. N°Civil-1209-2023 (recurso de queja).

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción xsr Concepción, veintisiete de junio de dos mil veintitrés. VISTOS: En folio 1 de estos autos Rol Corte N°Civil-1209-2023, comparece el abogado don Gerardo Lisandro Neira Carrasco, deduciendo recurso de queja en contra del juez del Segundo Juzgado en lo Civil de Talcahuano, don Cristian Daniel Gutiérrez Lecaros, por las graves faltas y abusos cometidos al dictar la resolución d

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