JUZGADO DE GARANTIA DE VICTORIA

4 COMISARIA CARABINEROS VICTORIA C/ CRISTIAN ADAN TRUJILLO CHAVEZ

Rol

Fecha

27 de junio de 2023

Materia

OTRAS MATERIAS

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS: Se reproduce la sentencia definitiva de tres de abril del año dos mil veintitrés, dictada por la Jueza Titular del Juzgado de Garantía de Victoria, Señora Evelyn Cristina Zelaya Lathan en los autos RUC N° 2100261344-9, RIT N° 266-2021, con excepción del

Fundamentos

considerando DECIMO CUARTO y el numeral II de la parte dispositiva, que se eliminan, y en su reemplazo se tiene, presente: PRIMERO: Que se ha alzado en contra de esta sentencia, en la parte que la condena en costas, el querellante Delegación Presidencial de La Araucanía solicitando se le revoque en ese rubro, por los siguientes antecedentes: 1.- su intervención como querellantes se motivó en razones de orden público, participando colaborativamente con la correcta administración de justicia con el único fin de restablecer el equilibrio social, buscando garantizar la paz social y la seguridad pública, mediante la promoción, coordinación y fomento de medidas de prevención y control de la delincuencia, la violencia y la reincidencia delictual (Art. 3 Ley 20.502), encomendando al Delegado Presidencial la facultad de efectuar denuncias o presentar requerimientos a los tribunales de justicia en aquellos casos que esté en juego el orden público y el resguardo de la vida e integridad de las personas y sus bienes. 2.- La intervención de la Delegación no obedece a acciones temerarias o irracionales, sino a decisiones debidamente fundadas y derivadas de la naturaleza del delito y su grave forma de comisión. 3.- En consecuencia, los dos aspectos antes mencionados, son suficientes para calificar fundadamente la razonabilidad de los motivos de nuestra participación y, en consecuencia, eximirnos del pago de las costas, más aún si su intervención obedece a un servicio público de naturaleza gratuita que solo busca colaborar con la administración de justicia y el orden social, pudiendo incluso subsumir nuestra acción en el Art. 600 del Código Orgánico de Tribunales, para justificar ser eximidos del pago de las costas. 4.- Recuerda los graves hechos que motivaron la querella, investigación y el juicio que son descritos en el requerimiento en procedimiento simplificado: “El día 18 de marzo del año 2021, en horas de la mañana, los imputados CRISTIAN ADÁN TRUJILLO CHAVEZ y CRISTIAN RODRIGO AEDO ROBLES, ingresaron al Fundo Santa Rosa de Adencul, propiedad de Forestal Mininco SA, ubicado en el km. 8 de la Ruta R-550, comuna de Victoria, donde comenzaron a apropiarse de 60 metros cúbicos de madera de pino, la que luego fue cargada por los imputados en dos camiones, a saber, el marca Freightliner, modelo FLD120, color blanco, año 2006, placa patente ZK-6606, y en el camión marca Mercedes Benz, modelo Actros3336, color blanco, año 2008, placa patente BHVC-68, siendo sorprendidos en el lugar por personal de carabineros, quienes procedieron a su detención. La madera sustraída corresponde a 60 metros cúbicos de pino, cuyo valor comercial asciende a la suma de $1.500.000.” 5.- Ahora bien, se debe considerar, fuera de lo expuesto por el requerimiento del Ministerio Público el contexto en que se da y que motivó la interposición de la respectiva querella por parte de la Delegación Presidencial Regional de La Araucanía, y que dice relación con el momento en que el personal de Ca

Fallo

se declara que se revoca en lo apelado sentencia definitiva de tres de abril del año dos mil veintitrés, dictada por la Jueza Titular del Juzgado de Garantía de Victoria, Señora Evelyn Cristina Zelaya Lathan en los autos RUC N° 2100261344-9, RIT N° 266-2021, en cuanto por la misma se condena en costas a la querellante Delegación Presidencial de La Araucanía y, en su lugar, se declara que no se condena a dicho interviniente al pago de las costas del procedimiento, por las razones que se ha expresado. Agréguese a la carpeta digital, notifíquese y devuélvase. Redacción del Ministro sr. Carlos Gutiérrez Zavala. Rol N° 361 – 2023. Penal. (sac)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, veintisiete de junio de dos mil veintitrés. VISTOS: Se reproduce la sentencia definitiva de tres de abril del año dos mil veintitrés, dictada por la Jueza Titular del Juzgado de Garantía de Victoria, Señora Evelyn Cristina Zelaya Lathan en los autos RUC N° 2100261344-9, RIT N° 266-2021, con excepción del considerando DECIMO CUARTO y el numeral II de la parte dispositiva, qu

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