ANONIMIZADO
Rol
Fecha
23 de junio de 2023
Materia
HACIENDA,PROCED.CUANTÍA SUPERIOR ART.. 749 C.P.C
Resultado
DE FALLO
Hechos
VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción del
Fundamentos
considerando décimo sexto, que se elimina. Y teniendo en su lugar y además, presente: Primero: Que en cuanto a la alegación subsidiaria de la parte demandada, en orden a estimar que para la regulación del daño moral se consideren los pagos recibidos por las leyes de reparación, será desestimado, por cuanto corresponden a asignaciones entregadas en razón de los reconocimientos efectuados por la Comisión Valech a las víctimas directamente afectadas por violaciones a los derechos humanos, más no una indemnización de daño...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintitrés de junio de dos mil veintitrés. A los folios N° 13 y 14: a todo, téngase presente. VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción del considerando décimo sexto, que se elimina. Y teniendo en su lugar y además, presente: Primero: Que en cuanto a la alegación subsidiaria de la parte demandada, en orden a estimar que para la regulación del daño moral
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