SIN INFORMACION

CASTRO/ÁLVAREZ

Rol

Fecha

22 de junio de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece Sergio Sebastián Molina Ramírez en representación convencional de Fernando Manuel Castro Valdés y deduce recurso de protección en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación, por el acto que estima como arbitrario e ilegal consistente en negarle realizar el trámite de posesión efectiva intestada de su hermana, alegando como conculcada la garantía constitucional del artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, por lo que pide ordenar a la recurrida ordenar la inscripción de la Posesión Efectiva Intestada, con expresa condena en costas. Para fundar el recurso expone que el recurrente se encuentra en mal estado de salud, sin posibilidades de acceder presencialmente a las oficinas del Registro Civil e Identificación y al entrar vía web a través del portal para realizar la posesión efectiva de su hermana Luz Alicia Castro Valdés, cédula de identidad N.º 3.877.936, fallecida el 29 de noviembre de 2017, sin tener descendencia ni cónyuge, por lo tanto, como hermano le corresponde realizar el trámite, sin embargo, a través del sistema de Clave Única, se le impide hacerlo por no tener parentesco. Alega que no existe una instancia ante el Servicio de Registro Civil e Identificación para defender su derecho de inscribir la posesión efectiva intestada. Segundo: Que, por medio de la Directora Regional Metropolitana (S) Claudia Ferrada Verdugo, evacúa informe el recurrido Servicio de Registro Civil e Identificación y solicita el rechazo de la acción cautelar. Hace presente, en primer lugar, que para tramitar una solicitud de posesión efectiva ante el recurrido, debe el solicitante llenar un formulario manual, el que debe ingresar en forma presencial en cualquiera de sus oficinas, y que es optativo, tramitar a través de la página web la solicitud, en virtud de lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto N° 237 que Aprueba Reglamento sobre Tramitación de Posesiones Efectivas, siendo de carácter facultat

Fallo

Por lo expuesto, concluye que no existe ningún tipo de vulneración a los derechos constitucionales del recurrente, ya que si bien, no es posible el ingreso a tramitación por vía web la posesión efectiva de su presunta hermana doña Luz Alicia Castro Valdés, puede concurrir, personalmente o representado, a cualquiera de sus oficinas y de forma presencial solicitar su tramitación. Tercero: Que en lo que atañe al quid del asunto que es materia de este arbitrio aparece pertinente recordar que el recurso de protección de garantías constitucionales establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye jurídicamente una acción de naturaleza cautelar, destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías y derechos preexistentes, que en esa misma disposición se enumeran, mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben tomar ante un acto arbitrario o ilegal que impida, amague o moleste ese ejercicio. Consecuentemente, constituye requisito indispensable de admisibilidad de la acción cautelar de protección la constatación de la existencia de un acto ilegal, esto es, contrario a la ley, o arbitrario, producto del mero capricho de quien incurre en él, que provoque alguna de las situaciones que se han indicado y que afecte, además, una o más de las garantías constitucionales protegidas por el citado artículo 20 de la Carta Fundamental. Cuarto: Que lo que se pretende a través de esta acción cautelar es que esta Corte declare ilegal o arbitraria

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintidós de junio de dos mil veintitrés. Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece Sergio Sebastián Molina Ramírez en representación convencional de Fernando Manuel Castro Valdés y deduce recurso de protección en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación, por el acto que estima como arbitrario e ilegal consistente en negarle realizar el trámite de

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