COMUNIDAD HOSPITAL DEL PROFESOR/GUTIÉRREZ
Rol
Fecha
27 de junio de 2023
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre las reglas generales, motivo por el cual, encontrándose la resolución recurrida en este ingreso en la hipótesis antes señalada, el presente arbitrio no puede prosperar. Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por el ejecutado veintiocho de abril del año en curso (folio N° 17), en contra de la resolución de veintiséis del mismo mes y año (folio N° 16-cuaderno de incidente general). Devuélvase. N°Civil-7628-2023.mst
Fallo
Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por el ejecutado veintiocho de abril del año en curso (folio N° 17), en contra de la resolución de veintiséis del mismo mes y año (folio N° 16-cuaderno de incidente general). Devuélvase. N°Civil-7628-2023.mst
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintisiete de junio de dos mil veintitrés. Al folio N° 3: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre las reglas genera
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