JUZGADO DE GARANTIA DE ANGOL

MINISTERIO PUBLICO C/ JAVIER ALEXSANDER GONZALEZ CIFUENTES

Rol

Fecha

22 de junio de 2023

Materia

ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

C.A. de Temuco Temuco, veintidós de junio de dos mil veintitrés. Al folio N° 4 y N° 5: Téngase presente. Al folio N° 6: A lo principal y al otrosí: Téngase presente. VISTOS, OIDO Y DELIBERADO: Sobre el mérito de los antecedentes expuestos por las abogadas intervinientes en audiencia, esta Corte, por unanimidad de sus integrantes, compartiendo los argumentos vertidos por el Juez A Quo en la resolución en alzada,

Fundamentos

considerando que se cumplen los requisitos establecidos en las letras a), b) y c) del artículo 140 del Código Procesal Penal y teniendo especialmente presente que no han variado las circunstancias que se tuvieron a la vista para decretar la medida cautelar debatida, SE CONFIRMA la resolución de fecha dieciséis de junio del año dos mil veintitrés dictada por el Sr. Juez Juan Mauricio Poblete Erices del Juzgado de Garantía de Angol, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Octavio Nicolás Carrasco Salazar, por estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Comuníquese lo resuelto al Tribunal A quo y agréguese a la carpeta digital. Rol N° Penal-710-2023.(jog)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, veintidós de junio de dos mil veintitrés. Al folio N° 4 y N° 5: Téngase presente. Al folio N° 6: A lo principal y al otrosí: Téngase presente. VISTOS, OIDO Y DELIBERADO: Sobre el mérito de los antecedentes expuestos por las abogadas intervinientes en audiencia, esta Corte, por unanimidad de sus integrantes, compartiendo los argumentos vertidos por el Juez A Quo en la reso

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica