DIAZ OLIVERO JOSE ALBERTO/GENDARMERIA DE CHILE
Rol
Fecha
20 de junio de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece el abogado Mauricio Cortés Pinto, en representación de José Díaz Olivero, quien interpone acción de amparo en contra de Gendarmería de Chile, CDP Santiago Uno, en atención a que el amparado de nacionalidad venezolana, fue condenado por el Juzgado de Garantía de Puente Alto, en causa Rit 384-2022, en audiencia de procedimiento abreviado, a la pena sustitutiva del artículo 34 de la Ley 18.216, esto es, la expulsión del territorio nacional, por los delitos de tenencia ilegal de arma de fuego, receptación de vehículo motorizado y receptación de especies. Indica que la resolución dictada por el magistrado de primera instancia, establecía además, que la expulsión debía ser “a la brevedad posible”. Señala que la sentencia fue dictada con fecha 6 de diciembre del año 2022, hace ya exactamente 7 meses, donde no existe motivo alguno, para que el encartado Olivero, no sea expulsado hacia su país, ya que se realizaron respecto de su persona todos los trámites necesarios previo a su partida, como lo es el registro de ADN. Refiere que ante esta situación grave y arbitraria, donde se han vulnerado gravemente los derechos de su representado, se han transgredido todos los plazos legales. Solicita la libertad inmediata de su representado, ya que no existen en este momento, normas vigentes que puedan seguir manteniendo privado de libertad al encartado Olivero. SEGUNDO: Que evacúa informa la Dirección Regional Metropolitana de Gendarmería de Chile, señala que el amparado actualmente se encuentra en el CDP Santiago Uno y que se encuentra en condiciones para ser entregado a la Policía de Investigaciones de Chile. Indica que la semana pasada previa al informe se solicitó información a la PDI consultando una fecha estimada o que dieran razones de por qué no ha sido retirado de la unidad penal, sin tener respuesta a la fecha. Añade que el interno está en condiciones para ser entregado a la Policía de Investigaciones y esta Institución es
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza la acción de amparo deducida en favor de José Alberto Díaz Olivero. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-1404-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinte de junio de dos mil veintitrés. Por cumplida la medida para mejor resolver. Al folio 15: A sus antecedentes. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece el abogado Mauricio Cortés Pinto, en representación de José Díaz Olivero, quien interpone acción de amparo en contra de Gendarmería de Chile, CDP Santiago Uno, en atención a que el amparado de nacionalida
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