SOTELO/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES(ACUMULADA ROL Nº 1479-2022/CIVIL Y 2052-2022 CIVIL)
Rol
Fecha
20 de junio de 2023
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
REVOCADA-CONFIRMADA
Hechos
Visto y teniendo únicamente presente: Que del estudio de los antecedentes y de lo expresado por las abogadas en estrados, se observa que la cuestión controvertida tiene su fundamento en la responsabilidad extracontractual, por lo que los hechos controvertidos, sustanciales y pertinentes deben ser congruentes con aquello. Atento a lo anterior y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 145, 186 y 318 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA la resolución apelada de diecinueve de agosto de dos mil veintiuno, dictada en causa Rol C-1977-2020 del Primer Juzgado de Letras de Linares, que fijó los puntos de prueba, sólo en canto se modifican los puntos 1 y 2 de la resolución referida, que se eliminan y, en su lugar se insertan como puntos 1, 2 y 3 los siguientes. 1.- Efectividad de haber sido entregado el Túnel Sanitizador por la demandante a la demandada en la forma descrita en la demanda. Oportunidad de aquello. Hechos que lo acrediten. 2.- Efectividad que tal entrega fue solicita por el municipio demandado. Vías por los cuales fueron solicitados, condiciones de la entrega y personas que formularon tal solicitud. Hechos que lo acrediten. 3.- Efectividad que la demandada pago el uso del Túnel Sanitizador. Hechos que lo acrediten. Como consecuencia de lo anterior, el punto número 3 original, se le asigna el número 4, quedando en definitiva la resolución que recibe la causa aprueba del siguiente tenor: 1.- Efectividad de haber sido entregado el Túnel Sanitizador por la demandante a la demandada en la forma descrita en la demanda. Oportunidad de aquello. Hechos que lo acrediten. 2.- Efectividad que tal entrega fue solicita por el municipio demandado. Vías por los cuales fueron solicitados, condiciones de la entrega y personas que formularon tal solicitud. Hechos que lo acrediten. 3.- Efectividad que la demandada pago el uso del Túnel Sanitizador. Hechos que lo acrediten. 4.- Efectividad de haberse producido perjuicios a la demandante producto del incumplimiento. N
Texto Completo (Preview)
C.A. de Talca Talca, veinte de junio de dos mil veintitrés. En cuanto a la causa Rol 682-2022 civil. Visto y teniendo únicamente presente: Que del estudio de los antecedentes y de lo expresado por las abogadas en estrados, se observa que la cuestión controvertida tiene su fundamento en la responsabilidad extracontractual, por lo que los hechos controvertidos, sustanciales y pertinentes deben ser
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