PAILALEF CON HINOSTROZAZ Y OTRA
Rol
J-32-2019
Fecha
11 de mayo de 2022
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que en esta causa RIT J322019 compareci do a ó ñ ELVIA JUDITH PAILALEF JARA interponiendo tercer a de pago en contra de laí ejecutante do a ñ YOHANA EUDOMILIA HINOSTROZA CASAS y en contra de la ejecutada CORPORACI N EDUCACIONAL ESCUELAÓ RURAL 158 POPOEN, representada legalmente por do a ñ MARTA CATAL N OSORIOÁ . Solicita se declare su derecho a ser pagada conjuntamente con la ejecutante con los fondos embargados al ejecutado de los fondos retenidos por la Provincial de Educaci n, por no existir m s bienes deló á ejecutado y ordenar que su cr dito ($8.060.782) sea solucionado conjuntamenteé con los dem s ejecutantes de autos, en virtud de los siguientes
Fundamentos
fundamentos deá hecho y de derecho: Indica que seg n autos RIT J332019 de este Tribunal, es acreedora delú ejecutado; Corporaci n Educacional Escuela Rural 158 Popoen por la suma deó $6.500.000 m s reajustes e intereses y costas que corresponde a la suma deá $8.060.782; correspondiente dicho monto a la transacci n aprobada por esteó Tribunal en causa O1212019, siendo una obligaci n l quida, actualmenteó í exigible y el t tulo no est prescrito. Se ala que su cr dito est revestido de laí á ñ é á misma preferencia legal para el pago que goza la ejecutante en estos autos, y costas, estableci ndose el privilegio de 1° categor a, seg n lo establecido en elé í ú art culo 2472 N°1, 5 y 8 del C digo Civil.í ó Manifiesta que do a Yohana Eudomilia Hinostroza Casas ha trabajadoñ embargo sobre el nico bien susceptible de ejecuci n de propiedad de laú ó ejecutada, consistente en las sumas retenidas ante la Provincial de Educaci nó de Osorno. Los cr ditos se originaron en causas laborales que concluyeron poré transacciones aprobadas por el Tribunal; el total adeudado originalmente en ambas causas ascend a a la suma de $12.500.000; $6.500.000 para do a Elviaí ñ Pailalef Jara y $6.000.000 para la demandada do a Yohana Hinostroza Casas,ñ correspondiendo al 52% y 48% respectivamente. En la causa J332019 se logr embargar la suma nica y total de $2.133.391 y en la presente se logró ú ó embargar la suma de $7.727.165, totalizando la suma de $9.860.556. Teniendo presente los porcentajes que representan los cr ditos originales en el total deé la deuda, corresponde que se le pague la suma total de $5.127.489 de los cuales $2.133.391 se encuentran consignados en la causa J332019, por lo que corresponde que se ordene el pago de la suma de $2.994.098 con dinero consignados en la presente causa. SEGUNDO: Que conferido traslado, la demandada YOHANA EUDOMILIA HINOSTROZA CASAS, se allan a la tercer a de pago. Atendido que laó í demandada CORPORACI N EDUCACIONAL ESCUELA RURAL 158Ó POPOEN, no evacuo traslado conferido en tiempo y forma, t ngase poré evacuado en su rebeld a. í TERCERO: Que consta de autos que los fondos consignados en la cuenta corriente del tribunal son los dineros que la Direcci n Provincial de Educaci nó ó Osorno remiti al Tribunal a requerimiento de ste y que corresponde a losó é dineros retenidos a la ejecutada Corporaci n Educacional Escuela Rural 158ó Popoen, correspondiente al pago de subvenci n escolar, tem “retenciones poró í no pago de imposiciones”. CUARTO: Que en la especie nos encontramos frente a dos acreedores de igual derecho (las trabajadoras demandantes) que pretenden que sus cr ditos seané pagados con los nicos bienes conocidos de su deudor (los dineros retenidos porú la Direcci n Provincial de Educaci n Osorno), de manera tal que concurren enó ó la espe
Fallo
Por estas consideraciones y visto adem s lo dispuesto en los art culos 465,á í 469, 470 y 471 del C digo del Trabajo; art culo 527 del C digo deó í ó Procedimiento Civil se resuelve: RXECZXYZHG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 03 de Abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte Que SE HACE LUGAR a la tercer a de pago interpuesta por do aí ñ ELVIA JUDITH PAILALEF JARA en contra de la ejecutante do añ YOHANA EUDOMILIA HINOSTROZA CASAS y en contra de la ejecutada CORPORACI N EDUCACIONAL ESCUELA RURAL 158 POPOEN,Ó y en consecuencia se declara que los dineros consignados en autos que eran de propiedad de la demandada deben ser distribuidos entre ejecutante y tercerista proporcionalmente al monto de sus cr ditos, esto es, de la presenteé causa se debe destinar la suma $2.994.098 para que la tercerista pueda satisfacer su cr dito. é RIT: J322019 RUC: 19303488335 Provey el(la) Juez(a) del ó Juzgado de Letras del Trabajo de Osorno, quien suscribe con firma electr nica avanzada.ó En Osorno a once
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Osorno, once de mayo de dos mil veintid só . Como se pide. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que en esta causa RIT J322019 compareci do a ó ñ ELVIA JUDITH PAILALEF JARA interponiendo tercer a de pago en contra de laí ejecutante do a ñ YOHANA EUDOMILIA HINOSTROZA CASAS y en contra de la ejecutada CORPORACI N EDUCACIONAL ESCUELAÓ RURAL 158 POPOEN,
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