BANCO SANTANDER - CHILE/EXFF SPA. ACUM. 267-22/CIV.; 385-22/CIV. Y 506-22/CIV.
Rol
Fecha
20 de junio de 2023
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
CONFIRMADAS
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 145 y 186 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA la resolución apelada de veinte de enero de dos mil veintidós, dictada en causa Rol C-1383-2020 del Segundo Juzgado de Letras de Linares, sin costas del recurso. Devuélvase. En cuanto al ingreso Rol 267-2022/Civil: Visto: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 144 y 186 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA la resolución apelada de cuatro de febrero de dos mil veintidós, dictada en causa Rol C-1383-2020 del Segundo Juzgado de Letras de Linares, con costas del recurso. Devuélvase. En cuanto al ingreso Rol 385-2022/Civil: Visto: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 145 y 186 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA la resolución apelada de veintiocho de febrero de dos mil veintidós, dictada en causa Rol C-1383-2020 del Segundo Juzgado de Letras de Linares, sin costas del recurso. Devuélvase. En cuanto al ingreso Rol 506-2022/Civil: Visto: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 144 y 186 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA la resolución apelada de veintiuno de marzo de dos mil veintidós, dictada en causa Rol C-1383-2020 del Segundo Juzgado de Letras de Linares, con costas del recurso. Devuélvase. N°Civil-200-2022 (Acumuladas N°Civil-267-2022, N°Civil-385 2022 y N°Civil-506-2022).
Texto Completo (Preview)
Talca, veinte de junio de dos mil veintitrés. En cuanto al ingreso Rol 200-2022/Civil: Visto: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 145 y 186 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA la resolución apelada de veinte de enero de dos mil veintidós, dictada en causa Rol C-1383-2020 del Segundo Juzgado de Letras de Linares, sin costas del recurso.
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