MARCELO ANGEL LERMANDA MORALES / JUZGADO DE FAMILIA DE QUILPUÉ
Rol
Fecha
20 de junio de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: A folio 1 comparece por sí, Marcelo Lermanda Morales, interponiendo recurso de amparo, en contra de la resolución de fecha ocho de junio del presente año, dictada por la Magistrada María José Constanzo Bernardino, juez titular del Juzgado de Familia de Quilpué, por medio de la cual, ilegal y arbitrariamente, decretó mantener la medida cautelar de prohibición de acercamiento y rondas periódicas de Carabineros de Chile en favor de su pareja, la denunciante Cristhel Menssenger Masot, por el plazo de 30 días. Indica que en dicho Tribunal, se tramita la causa Rit N° 352-2023, iniciada por una denuncia de su conviviente y madre de sus hijos, sobre violencia intrafamiliar, falsa, con un parte policial falso, emitido por la 1° Comisaria de Carabineros de Viña del Mar, en donde se le ha negado el acceso a la notificación, conocimiento de la denuncia y el debido proceso, llevando al Tribunal a emitir medidas cautelares en su contra, que solo afectan a su libertad personal y sus derechos fundamentales. Añade que la denunciante informó un domicilio que no corresponde al de él, siendo el mismo domicilio el de ambos, en su lugar, indicó el domicilio de su madre, enterándose recién de la medida impuesta en su contra el día 16 de junio del presente año, cuando llega Carabineros en su búsqueda con el fin de notificarlo recién de la medida cautelar dictada en su contra, debiendo ingresar a la página web del Poder Judicial para tomar conocimiento de los hechos. A folio 5 , evacua informe doña María José Constanzo Bernardino, Jueza del Juzgado de Familia de Quilpué, señalando que se tramita la causa RIT F-352-2023, iniciada con ocasión de la denuncia por violencia intrafamiliar interpuesta por doña Cristhel Caroline Messenger Masot en contra de don Marcelo Ángel Lermanda Morales, una vez recibida la denuncia, se dispone la concurrencia de la denunciante a entrevista con una Consejera Técnica a objeto “proporcione mayores antecedentes al tenor del parte denuncia que antecede.
Fundamentos
considerando: Primero: Que la acción constitucional de amparo, consagrada en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, ha sido establecida a favor de quien, por causa de actos u omisiones arbitrarios o ilegales, sufra privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de la libertad personal. Segundo: Que, el amparado alega vulnerada la garantía establecida en el artículo 19 N° 7° de la Constitución Política de la República, con ocasión de la dictación en su contra de la medida cautelar de prohibición de acercamiento y rondas periódicas de Carabineros, en favor de la denunciante y conviviente del amparado, en causa Rit F-352-2023 del Juzgado de Familia de Quilpué. Tercero: Que, según informó la Sra. Jueza, una vez recibida la denuncia y posterior opinión de la Consejera Técnica, con los antecedentes expuestos, se constató la existencia de factores de riesgo en la denuncia de violencia intrafamilar, decretando la medida cautelar a favor de la denunciante y de acuerdo a lo dispuesto en el 7° de la Ley 20.066, así las cosas, estos sentenciadores consideran que la medida cautelar de prohibición de acercamiento y rondas periódicas de Carabineros de Chile, ha sido dictada por un juez legalmente investido, dentro de sus competencias, y en uso de las facultades que la propia ley establece, y no divisándose además, afectación o perturbación a la libertad personal respecto de quien se acciona, razón por la cual la presente acción no podrá prosperar.
Fallo
Por estas consideraciones, y teniendo, además, presente lo dispuesto por el artículo 21 de la Constitución Política de la República, y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo deducido por Marcelo Ángel Lermanda Morales, en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Familia de Quilpué, con fecha ocho de junio de dos mil veintitrés. Regístrese, comuníquese y en su oportunidad, archívese. Sujeta a anonimización N°Amparo-1234-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, veinte de junio de dos mil veintitrés. Vistos: A folio 1 comparece por sí, Marcelo Lermanda Morales, interponiendo recurso de amparo, en contra de la resolución de fecha ocho de junio del presente año, dictada por la Magistrada María José Constanzo Bernardino, juez titular del Juzgado de Familia de Quilpué, por medio de la cual, ilegal y arbitrariamente, decretó man
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