SARRACINA ARAYA, FRANCISCO FABIÁN/COMISION LIBERTAD CONDICIONAL (1°SEMESTRE DE 2023)
Rol
Fecha
15 de junio de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece JUAN ALFONSO RAICEVICH FAUNDEZ, abogado, en representación de FRANCISCO FABIAN SARRACINA ARAYA, actualmente privado de libertad en el Complejo Penitenciario de Huachalalume, ejerciendo acción constitucional de amparo en contra de la Resolución N° 325-2023 de fecha 6 de abril del año 2023, suscrita y firmada por la Comisión de Libertad Condicional, mediante la cual se rechaza la postulación del amparado. Expone que según información entregada por la Sección Estadística del Complejo penitenciario de Huachalalume, su representado inició el cumplimiento de sus condenas el día 01 de octubre de 2019 y tiene fecha de término el 04 de agosto de 2025, teniendo cumplido el tiempo mínimo para postular a la Libertad Condicional. Por otra parte, señala que el amparado registra una conducta calificada como muy buena en los últimos cuatro bimestres, la cual se ha mantenido a la fecha. Añade que el amparado ha demostrado importantes avances en su proceso de reinserción durante su actual reclusión, cumpliendo de esta forma no solo los requisitos objetivos contemplados en el artículo 2 del Decreto Ley 321, sino además la exigencia contemplada en el inciso primero del artículo 1° del mismo cuerpo normativo, considerando Gendarmería de Chile que cumple a cabalidad con todos los requisitos legales y reglamentarios fijados por el Decreto Ley 321 y su modificación legal, además de su reglamento, el primer semestre del 2021 su representado fue postulado a la Comisión para optar a la Libertad Condicional (sic). Indica que por resolución de 6 de abril de 2023, la Comisión de Libertad Condicional rechazó la petición de Libertad Condicional para su amparado. Sostiene que la Comisión incurre en un error, puesto que el amparado sí ha demostrado importantes avances en su proceso de reinserción durante su actual reclusión; acompaña informe psicosocial evacuado por el perito Psicóloga y Asistente Social doña Carmen Mendieta Rivera. Aduce que el informe psicosocial de Gendarmería de Chile no refiere antecedentes categóricos que permitan orientar sobre factores de riesgo de reincidencia del amparado que impidan reconocer su posibilidad de reinsertarse a la sociedad al momento de postular a libertad condicional conforme lo expresa el Decreto Ley N° 321, en el texto actual de su artículo 2 N° 3. Puntualiza que si bien el amparado contaba con experiencia laboral en el medio libre, durante su proceso de reinserción social ha adquirido nuevas destrezas y capacidades para adherir a las condiciones que le sean impuestas. Entre los recursos de su entorno, destacan su relación de pareja positiva, satisfactoria y estable, ausencia de conductas de consumo de sustancias, el que su hija menor pueda relacionarse con él, tener aspiraciones de continuar estudios de educación superior, un domicilio fijo y conocido, arraigo social y familiar y posibilidades concretas de inserción laboral y el contar con un ahorro que implica un soporte para un primer period
Fallo
Por estas consideraciones solicita dejar sin efecto la resolución que rechaza la libertad condicional al amparado, decretando que se le conceda dicho beneficio. Acompaña peritaje psicosocial del amparado, de fecha 17 de mayo de 2023 evacuado por la perito doña Carmen Mendieta Rivera. SEGUNDO: Que, evacuó informe Felipe Pulgar Bravo, Presidente de la Comisión de Libertad Condicional año 2023. Expone que la comisión que preside se reunió en abril del presente año y, en esa instancia, se acordó rechazar la solicitud formulada por el amparado, por los siguientes motivos: - El informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta de factores de riesgo de reincidencia del condenado, que no permiten demostrar, a la época de postulación, una adecuada reinserción en la sociedad, al presentar un alto riesgo de reincidencia. - El informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta que el condenado no presenta conciencia de la gravedad del delito. - El informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta que el condenado no presenta conciencia del mal causado. - El informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta que el condenado no manifiesta rechazo explícito a los delitos cometidos. Todos estos motivos permiten sostener que “compartiendo esta Comisión lo señalado en el informe psicosocial elaborado por el equipo técnico de Gendarmería, que señala que el interno mantiene factores que propician conducta refractaria, presentando bajo impacto en su pr
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Sarracina Araya, Francisco Fabián Comisión Libertad Condicional Recurso de Amparo Rol N° 255-2023.- La Serena, quince de junio de dos mil veintitrés. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece JUAN ALFONSO RAICEVICH FAUNDEZ, abogado, en representación de FRANCISCO FABIAN SARRACINA ARAYA, actualmente privado de libertad en el Complejo Penitenciario de Huachalalume, ejerciendo acción constituci
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