JHONS JEREMIAS ALEGRIA FUENTES/GENDARMERIA DE CHILE DIRECCIÓN NACIONAL
Rol
Fecha
15 de junio de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Oscar Manríquez León, Defensor Penal Público, en representación del imputado Jhons Jeremías Alegría Fuentes, privado de libertad en el Centro de Detención Preventiva Santiago Uno, en la causa RUC 2300107829-1, RIT 342-2023 seguida ante el Juzgado de Garantía de Talagante, para deducir recurso de amparo en contra de Gendarmería de Chile con ocasión de su mantención en un módulo de población general, afectando su libertad personal y seguridad individual. Expone que en la reseñada causa seguida ante el Juzgado de Garantía de Talagante, el 28 de enero del año en curso, se realizó audiencia de control de detención respecto de su representado, siendo formaliza la investigación en su contra como autor del delito de robo en lugar habitado. En la misma audiencia se solicitó la suspensión del procedimiento, conforme lo señala el artículo 458 del Código Procesal Pena, solicitud que fue acogida
Fundamentos
considerando la existencia de informes médicos que daban cuenta de un diagnóstico de trastorno psicótico agudo de tipo esquizofrénico. Agrega que en la misma audiencia, juez de garantía rechazó la solicitud de internación provisional solicitada por el Ministerio Público; resolución que fue apelada de conformidad al artículo 149 del Código Procesal Penal. Así, el 30 de enero de 2023, la Ilustrísima Corte de Apelaciones de San Miguel, resolvió revocar la resolución del Juzgado de Garantía de Talagante, disponiendo la internación provisional del imputado en el Hospital Dr. José Horwitz Barak. Explica que atendida la falta de camas informada por dicho recinto hospitalario, por resolución de 17 de febrero del presente, el Juzgado de Garantía de Talagante ordena la internación provisional de la persona en cuyo favor se recurre en la Unidad ASA del CDP Santiago 1. Refiere que, inicialmente, Alegría Fuentes se encontró en el módulo ASA, pero que durante la visita realizada el 18 de abril del año en curso se constató que había sido trasladado al módulo N°88, correspondiente a población general. Afirma que lo anterior motivó la realización de audiencias de cautela de garantías a petición de la defensa, los días 11 y 25 de mayo, disponiéndose en la última de éstas que “el imputado sea ingresado con la mayor urgencia en el Hospital Horwitz, dentro del plazo de 48 horas para los efectos de dar estricto cumplimiento a la resolución de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de San Miguel”. Finalmente, refiere que el 6 de junio concurrió al Centro de Detención Preventiva Santiago Uno, donde se le indicó que el interno no se encuentra en dependencias del módulo ASA y que se mantiene el módulo N°88 de población general. Pide se decrete la libertad inmediata del interno y en consecuencia, se deje sin efecto la medida cautelar de internación provisional o en subsidio se ordene su ingreso inmediato, a más tardar en un plazo de 72 horas, a un hospital psiquiátrico o se ordene dar cumplimiento a lo ordenado por el Juzgado de Garantía de Talagante y se traslade al amparado al módulo ASA de Santiago Uno en un plazo no superior a 24 horas, informando respecto del mismo, bajo expreso apercibimiento de desacato. Segundo: Que informa Gabriela de la Luz Contreras Piderit, Juez Titular del Juzgado de Garantía De Talagante, dando cuenta de la tramitación de la causa. Agrega que con posterioridad a la audiencia de cautela de garantías de 1 de junio de 2023, en la que se dispuso que Alegría Fuentes fuera ingresado con la mayor urgencia en el Hospital Horwitz, dentro del plazo de 48 horas, el Instituto Psiquiátrico Dr. José Horwitz Barak informó que es imposible acceder a lo solicitado ya que las 30 camas están ocupadas por imputados sujetos a internación provisoria, y que, excepcionalmente, se dispuso la citación a pericia ambulatoria de facultades mentales del imputado, para el día 14 de septiembre de 2023. Tercero: Que informando al tenor del recurso comparece el abogado Hécto
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Certifico que se anunció, escuchó relación y alegó en la Segunda Sala, por el recurso de amparo el abogado Oscar Manríquez. San Miguel, 15 de junio de 2023. Sebastián Vergara de la Rivera, relator. San Miguel, quince de junio de dos mil veintitrés. A los escritos folio 9, 10 y 11: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Oscar Manríquez León, Defensor Penal Público, e
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