TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE COPIAPO

C/ EMILIO ALEJANDRO URTUBIA SILVA

Rol

Fecha

15 de junio de 2023

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia apelada, previa eliminación del párrafo segundo del fundamento decimoquinto. Y SE TIENE EN SU LUGAR PRESENTE: Que conforme al mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en estrados, aparece que el Ministerio Público no se opuso a la petición de la defensa de sustituir a la pena impuesta al condenado Luciano Francisco Contreras Cortes, por la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva -asunto por lo demás expresamente señalado por el señor defensor en la audiencia de hoy y no contradicha por el ente persecutor-, y estimando esta Corte que en la especie se cumplen los presupuestos legales establecidos en los artículos 15 y 15 bis de la Ley 18.216, dado el tenor del informe social presentando por la defensa, el cual es favorable al condenado referido, los antecedentes sociales y características de personalidad del condenado, conducta anterior y posterior al hecho punible y la naturaleza, modalidades y móviles determinantes del delito circunstancias que permiten concluir que una intervención individualizada, de conformidad al artículo 16 de la citada ley, parece eficaz -en el presente caso-, para su efectiva reinserción social, no pudiendo igualmente perderse de vista el fin resocializador que cumplen las penas sustitutivas y visto además lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley 18216; y, 358 y siguientes del Código Procesal Penal, SE REVOCA la sentencia apelada dictada con fecha 29 de mayo de 2023 por la primera sala del tribunal oral en lo penal de Copiapó, en cuanto no hizo lugar a la petición de otorgar al sentenciado Luciano Francisco Contreras Cortes la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva y en su lugar se declara que se concede la misma por el tiempo de la condena, debiendo presentarse en el Centro de Reinserción Social de la ciudad de Copiapó, dentro de quinto día, para dar inicio de la pena sustitutiva y la elaboración del plan de Intervención Individual, el cual deberá ser remitido en su op

Fallo

se declara que se concede la misma por el tiempo de la condena, debiendo presentarse en el Centro de Reinserción Social de la ciudad de Copiapó, dentro de quinto día, para dar inicio de la pena sustitutiva y la elaboración del plan de Intervención Individual, el cual deberá ser remitido en su oportunidad al tribunal a quo, debiendo, en caso de no presentación del sentenciado al Centro de Reinserción Social de Copiapó, despacharse una orden de detención de forma inmediata, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 24 inciso final de la citada ley 18.216. Regístrese y devuélvase. N°Penal 319-2023

Texto Completo (Preview)

Fecha: quince de junio de dos mil veintitrés Sala: Primera Rol Corte: Penal-319-2023 Ruc N°: 2110025594-1 Rit N°: O-251-2022 Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Copiapó. C.A. de Copiapó Ministros: Ministro señor Pablo Krumm De Almozara, Ministra señora Aida Osses Herrera y la Abogada Integrante señora Veronica Álvarez Muñóz Relator (S): Viviana Molina Chandia Fiscal: Jorge Gamboa Ríos Defensor

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